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Que los lugares públicos cuenten con un baño accesible es algo que otorga el derecho a todos de utilizar este espacio, que es un bien de primera necesidad.
Afortunadamente, casi todos los establecimientos públicos cuentan con un aseo accesible, y es que la normativa exige que todos estos lugares estén correctamente adaptados a las necesidades de personas mayores o con movilidad reducida.
Cabe destacar que las exigencias de accesibilidad aumentan en lo que respecta a la normativa de construcción, aunque es algo que aumenta significativamente la demanda de obras.
Baño accesible: mucho más que dos barras al lado del inodoro
Acceder a un baño accesible o no, es algo de primera necesidad, pues son diversas las enfermedades que hacen que estos lugares sean tan necesarios.
Para que se cuente con la accesibilidad adecuada, los arquitectos y constructores deben de garantizar el espacio suficiente para usuarios de sillas de ruedas.
Las puertas de tipo corredera o batientes con apertura hacia el exterior acaban siendo una gran opción. Por otro lado, se deben dejar unas distancias mínimas para que la persona en silla de ruedas o andador se pueda mover con libertad.
Dicha distancia se extiende a la situación de los pasamanos y ayudas pasivas, y es que para una persona con movilidad reducida puede suponer todo un reto el simple hecho de abrir un grifo, el cual si es de palanca o monomando resulta muy accesible.
Otros complementos del baño accesible son los espejos, pues deben de contar con una pequeña inclinación. Por otro lado, en el caso de duchas, la manguera y la alcachofa no tienen que tener demasiada altura, el suelo de la ducha tiene que ser antideslizante y, si es posible, estar situado al ras del suelo.
El baño accesible tiene que tener un lavabo sin pie o mueble, porque al usar la silla de ruedas resultarán impedimentos para poder acercarse.
Por otro lado, y haciendo referencia a la higiene, es mejor que tanto el baño accesible como otros tipos de aseos, así como lugares abiertos, cuenten con papeleras con sensor de movimiento.
Medidas y valores de la legislación de accesibilidad
- Asideros y barras de apoyo: deben garantizar seguridad en baño, ducha y zonas que exijan agacharse como inodoro y bidé.
- Altura: 0,70-0,75m.
- Longitud mayor/igual: 0,70m abatibles
- Sección circular de diámetro: 30-40 mm
- Separadas del parámetro: 45-55 mm
- Lavabo: altura superior menor o igual a 0,85m. Altura inferior menor o igual a 0,70m. Espacio libre inferior mínimo de 70×50 cm.
- Inodoro: altura de la cara superior menor o igual a 85 cm. Altura del asiento: 0,45-0,50m. Precisa de:
- Barra horizontal a cada lado, separadas entre sí por 65-70cm
- Espacio de transferencia lateral de anchura mayor o igual a 80cm
- Distancia de fondo hasta el borde frontal del inodoro mayor o igual a 75cm
- Plato de ducha: es recomendable un plato extraplano, antideslizante o de obra. También se debe dejar uno de los laterales de la mampara libre para hacer más accesible la entrada. Requiere de:
- Espacio para giro de 1,50m libre de obstáculos. Espacio de transferencia lateral mayor o igual a 80cm al lado del asiento
- Barras: colocadas a una altura de 0,70-0,75m
- Grifos: colocados a una altura de 0,70-1,20m
- Suelo enrasado con pendiente de evacuación menor o igual a un 2%.
- Barras, asientos de apoyo y accesorios diferenciados cromáticamente del entorno.
- Espejo: si es fijo, la altura del borde inferior debe ser menor o igual a 0,90m. Si es orientable, debe estar inclinado 10º sobre el vertical.
Puede parecer un poco lioso o algo que no sirve para nada, pero construir un baño accesible es mucho más que inclusión, es empatía, igualdad y respeto por la diversidad.
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