Claves de la Ley de Memoria Democrática

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25/07/2021 - 19:00
Valle de los Caídos

Lectura fácil

El Gobierno ha aprobado la Ley de Memoria Democrática, la nueva norma que sustituirá la aprobada por Zapatero en 2007. A continuación, explicamos las claves para entender los cambios de la nueva ley.

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Tras la aprobación de esta nueva ley, el texto se remitirá ahora al Congreso de los Diputados, donde deberá cosechar una mayoría de votos favorable que aún no tiene asegurada, pues el socio de coalición del PSOE, Unidas Podemos, y otro de sus apoyos parlamentarios, Esquerra Republicana de Cataluña, quieren ir más allá.

Una de las exigencias de Podemos será la dotación económica para víctimas del franquismo, un extremo que ahora no está contemplado en la ley, pese a que el reconocimiento de las mismas se amplía.

"Es una reparación moral e histórica, pero no económica", ha admitido Bolaños, que ha destacado que desde que se aprobase la Constitución Española en 1978 se han dado 21 millones de euros a 600.000 afectados por el franquismo. "La parte económica está cubierta, ahora damos paso a la dignidad", ha continuado.

¿Cuál es el objeto y la finalidad del texto?

Tal y como reproducimos de Newtral, nuestra fuente de verificación de datos, la recuperación de la memoria democrática, así como el reconocimiento de las víctimas y su “reparación moral”, están en el centro de esta nueva norma. En el artículo 1 del anteproyecto así lo exponía el anteproyecto, sobre los principios de “verdad, justicia, reparación” y deber de memoria o garantías de no repetición.

  • Entre otras iniciativas, el texto plantea declarar el 31 de octubre como “Día de recuerdo y homenaje a las víctimas del golpe militar, la Guerra y la Dictadura”, y el 8 de mayo, el “Día de homenaje a los hombres y mujeres que sufrieron el exilio como consecuencia de la Guerra y la Dictadura”. 
  • Además, se identifica el concepto de víctimas como aquellas personas que “con independencia de su nacionalidad, haya sufrido, individual o colectivamente, daño físico, moral o psicológico, daños patrimoniales o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales como consecuencia de acciones u omisiones que constituyan violación de derechos humanos durante el periodo que abarca el Golpe de Estado de 18 de Julio de 1936, la posterior Guerra y la Dictadura, incluyendo el transcurrido hasta la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978”.

¿Cuáles son los puntos clave del proyecto de Ley de Memoria Democrática?

Según ha expuesto el ministro Bolaños, estas son algunos puntos clave del proyecto de Ley de Memoria Democrática

  1. Condena y repudia el golpe de Estado del 18 de julio de 1936 y la dictadura. 
  2. Declara la ilegalidad de los tribunales y juicios, y la nulidad de determinadas condenas y sentencias dictadas durante la guerra y la dictadura. Se refiere en concreto a aquellas motivadas por razones “políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa o de orientación sexual”. Además, se reconoce el derecho a obtener una declaración moral e histórica pero no patrimonial del Estado de reparación y reconocimiento personal de las víctimas.
  3. Auditoría e inventario de bienes expoliados por el régimen franquista por razones políticas, de conciencia e ideológicas.
  4. Destaca el papel de las mujeres durante este periodo político. Se busca reparar la memoria de aquellas víctimas de la represión cuyo sufrimiento se agravó por su condición de mujeres; tanto por ser señaladas por sus compañeros o familiares como por haber sido condenadas por adulterio o interrupción voluntaria del embarazo. También aspira a reivindicar el rol del “movimiento memorialista”.
  5. Búsqueda de desaparecidos y exhumación (en su caso) a cargo del Estado. El texto reivindica la responsabilidad del Estado para coordinar las operaciones en una planificación cuatrienal. Además, impulsa la creación de un Banco Nacional de ADN de Víctimas de la Guerra y la Dictadura.
  6. Fiscalía de Sala en el Tribunal Supremo. Se propone la creación de un fiscal de sala que identifique potenciales violaciones de los derechos humanos para investigar y abrir diligencias sobre crímenes cometidos durante la guerra, la dictadura y hasta 1978.
  7. Creación de un Centro Documental de Memoria Democrática en Salamanca. Se recogerán los archivos documentales desde el golpe de Estado hasta la proclamación de la Constitución en 1978.
  8. Régimen sancionador de hasta 150.000 euros. A diferencia de la ley de Memoria Histórica de hace 14 años, esta norma sí estipula un régimen sancionador que según el anteproyecto de ley era de entre 200 y 150.000 euros para infracciones leves, graves o muy graves. Son infracciones muy graves, por ejemplo, la destrucción de fosas o el menoscabo de los lugares de memoria democrática.
  9. Extinción de fundaciones. Se modificará la ley de asociaciones y de fundaciones  para que se puedan extinguir organizaciones “que hagan apología del franquismo, enaltezcan a sus dirigentes y lo hagan con menosprecio o humillación de las víctimas o incitando al odio. Será causa de extinción de las fundaciones”, explicó el ministro. En concreto, según ha explicado, la ley de fundaciones quedará enmendada con esta norma de Memoria Democrática de manera inmediata. Este punto puede comprometer la existencia de la Fundación Francisco Franco, algo que podría suceder después de un procedimiento que no llevará a “una extinción inmediata si es que así se insta”, detalló Bolaños.
  10. Resignificación del Valle de los Caídos y extinción de la Fundación de la Santa Cruz. Un futuro real decreto establecerá el marco jurídico aplicable al Valle de los Caídos y definirá la fecha de entrada en vigor de esta fundación que concedía a los benedictinos la custodia del monumento. También se regularán los llamados lugares de Memoria Democrática.
  11. Actualización de los contenidos educativos para la ESO, Bachillerato y FP. El texto prevé que las administraciones educativas adopten medidas para poner en marcha formaciones, actualizaciones científicas, didácticas y pedagógicas sobre memoria democrática. 
  12. Retirada de “símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática”. El texto contempla que las administraciones “adoptarán las medidas oportunas para la retirada” de escudos, insignias, placas y otros elementos ubicados en el espacio público que “realicen menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar y de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones” del régimen.

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