¿Qué pasa con el acceso de los coches de personas de movilidad reducida en la Zona de Bajas Emisiones?

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09/02/2023 - 17:00
Entrega de vehículo adaptado a persona con discapacidad

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Este 2023 muchas ciudades estrenarán el plan de Zonas de Bajas Emisiones que se encuentra dentro de la nueva ley de Cambio Climático. En ciudades como Madrid, Barcelona o Gijón ya se han tomado medidas al respecto, pero el resto de grandes municipios españoles también tendrán que implantar un plan de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE).

El objetivo de este plan es mejorar la calidad del aire y conseguir que se reduzca la contaminación en las ciudades españolas. La ley de Cambio Climático busca crear zonas de bajas emisiones en todas aquellas ciudades de España que cuenten con más de 50.000 habitantes antes de 2023. Por lo que muchos municipios españoles tendrán que implantar zonas de bajas emisiones para adoptar esta medida y reducir el tráfico más contaminante.

Como es un plan bastante novedoso, a los ciudadanos les surgen gran cantidad de preguntas. Los ciudadanos no saben en qué casos deberán dejar de circular en las zonas de bajas emisiones. Pueden existir excepciones en este nuevo plan, pero todo dependerá de la regulación municipal. El coche de una persona con discapacidad podrá circular por una zona de bajas emisiones que haya aprobado el municipio.

Los coches de personas de movilidad reducida y las zonas de bajas emisiones

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) planteó a Transición Ecológica que se garantice por norma estatal el acceso de los vehículos de personas con discapacidad a las zonas de bajas emisiones (ZBE) en un documento de propuestas de modificación del Real Decreto 20152/2022, del 27 de diciembre, por el que se regulan las zonas de bajas emisiones para garantizar la movilidad de personas con discapacidad.

En este documento, el Cermi alerta de que el artículo 5 de este mencionado Decreto “establece de una forma muy genérica las excepciones al acceso, circulación y estacionamiento de vehículos a las zonas de bajas emisiones”.

En este sentido, y para subsanar la falta de concreción que deja desprotegidas a las personas con movilidad reducida, el Cermi propone añadir el siguiente párrafo al punto 3 del artículo 5: “en todo caso, los vehículos, tanto turismos como de otra categoría constructiva, conducidos por o utilizados para trasladar a personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, especialmente adaptados para ello o no, con independencia del domicilio de la persona titular, del motivo de movilidad y de su origen y destino, podrán acceder y circular por las ZBE".

Servimedia aclara que: “Las personas con discapacidad y entidades de atención titulares de una tarjeta de estacionamiento, precisan de un tratamiento claro e igualitario en todo el territorio nacional, que proporcione seguridad jurídica y, sobre todo, que garantice la plena autonomía y movilidad de las personas con discapacidad en esos entornos” reza el documento de propuestas.

Además, para soportar esta idea, en el texto se alude al artículo 20, dedicado a la movilidad personal, de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 13 de diciembre de 2006 en la que se mandata a los Estados Parte “a adoptar las medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad personal con la mayor independencia posible”.

Por ejemplo, la ordenanza municipal de Madrid Distrito Centro, que ya está funcionando, dice que solamente pueden circular y aparcar en las zonas de estacionamiento regulado los vehículos que luzcan en su parabrisas las pegatinas de la DGT menos contaminantes: las pegatinas ECO y las pegatinas Cero. Pero una de las excepciones son los conductores con movilidad reducida (sean o no residentes). Los usuarios en esta situación deberán solicitar la pertinente autorización al Ayuntamiento de Madrid. Para realizar la petición tendrán que tener la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (Tarjeta Europea de Discapacidad) y el permiso será válido para un único coche.

En Barcelona la normativa de ZBE también incluye las excepciones a las personas con movilidad reducida. Deberán registrar su coche demostrando que tienen una discapacidad igual o superior al 33%, y solamente se admitirá una petición por solicitante aunque sea titular de más de un vehículo.

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