Nuevos derechos para pasajeros con discapacidad: la UE refuerza la accesibilidad en vuelos desde 2027

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Nuevos derechos para pasajeros con discapacidad

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El Parlamento Europeo y el Consejo han dado luz verde a un nuevo reglamento que refuerza de forma significativa los derechos de los pasajeros con discapacidad en el transporte aéreo.

La normativa, que comenzará a aplicarse plenamente a finales de 2027, introduce avances clave en materia de accesibilidad, atención al pasajero e indemnizaciones.

Un paso adelante en la protección de pasajeros con discapacidad

El acuerdo, aprobado de manera provisional por ambas instituciones europeas, marca un cambio relevante en la forma en que las aerolíneas deberán gestionar la experiencia de los pasajeros con discapacidad. En la elaboración de este marco normativo han participado activamente organizaciones como el Grupo Social ONCE y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), lo que ha permitido incorporar demandas históricas del colectivo.

Antes de su entrada en vigor definitiva, el texto deberá publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). A partir de ese momento, las compañías aéreas dispondrán de un plazo de doce meses para adaptarse a las nuevas exigencias. Esto implica que las medidas serán obligatorias en todos los Estados miembros hacia finales de 2027.

El nuevo reglamento pone especial énfasis en mejorar la protección de los pasajeros con discapacidad ante incidencias habituales en los viajes aéreos. Retrasos, cancelaciones, denegaciones de embarque o pérdidas de conexiones estarán ahora regulados con mayor precisión, garantizando una atención más adecuada y una información accesible.

Según explican desde el Grupo Social ONCE, la normativa no solo amplía derechos, sino que también obliga a las aerolíneas a mejorar sus protocolos de asistencia y a responder de forma más eficaz ante reclamaciones. Aunque las medidas beneficiarán al conjunto de viajeros, su impacto será especialmente significativo para las personas con discapacidad.

Fin a los límites insuficientes en compensaciones

Uno de los cambios más relevantes tiene que ver con los equipos de movilidad. Hasta ahora, las indemnizaciones por pérdida o daños en estos dispositivos estaban limitadas a unos 3.000 euros, una cantidad muy inferior a su valor real en muchos casos.

Con la nueva normativa, las aerolíneas deberán cubrir el coste total de reparación o sustitución. Además, estarán obligadas a proporcionar equipos de reemplazo temporales sin coste adicional cuando sea necesario. Esta protección también se extiende a los perros de asistencia, contemplando compensaciones en caso de daños.

El reglamento introduce mejoras importantes para pasajeros con discapacidad cuando se producen interrupciones en el viaje. Por ejemplo, si un pasajero pierde un vuelo debido a retrasos o fallos en los servicios de asistencia, tendrá derecho tanto a compensación económica como a ser reubicado en otro trayecto.

También se establece que, si la aerolínea no ofrece una solución adecuada en un plazo de tres horas, el pasajero podrá reorganizar su viaje por cuenta propia y reclamar posteriormente los gastos, siempre que estos sean razonables.

En caso de retrasos superiores a tres horas atribuibles a deficiencias en la asistencia, las personas con discapacidad podrán acceder a compensaciones que oscilan entre 250 y 600 euros.

Prioridad, acompañamiento y accesibilidad

Otro de los pilares de la normativa es garantizar una experiencia de viaje más digna y accesible para pasajeros con discapacidad. Las personas con discapacidad tendrán prioridad en el embarque y recibirán apoyo durante todo el proceso.

Además, se refuerza el derecho a viajar junto a un acompañante sin coste adicional. Las aerolíneas deberán asegurar que ambos puedan sentarse juntos, evitando situaciones que hasta ahora generaban dificultades o gastos extra.

La normativa también obliga a que toda la información proporcionada por las compañías sea accesible, lo que incluye formatos comprensibles y adaptados a distintas necesidades.

Límites a la denegación de embarque

Por último, el reglamento establece criterios más estrictos para evitar discriminaciones. Las aerolíneas solo podrán denegar el embarque a una persona con discapacidad, junto a su acompañante o perro guía, en casos justificados, como razones de seguridad o falta de documentación adecuada.

Esta medida busca evitar decisiones arbitrarias y garantizar que el derecho a viajar en igualdad de condiciones sea respetado.

En conjunto, este nuevo marco europeo supone un avance significativo en la protección de los derechos de los pasajeros con discapacidad, con cambios que prometen transformar la accesibilidad en el transporte aéreo en los próximos años.

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