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Después de la pandemia, el Estatuto de Trabajadores ha sufrido siete modificaciones. El Gobierno mantuvo en abril conversaciones con los sindicatos y patronales para debatir una reforma laboral en búsqueda de establecer un marco más integral y que solucione la dualidad del mercado y del desempleo juvenil.
Tienes derecho a que te anticipen la nómina
Desafortunadamente, no se llegó a un acuerdo. Por ello, Yolanda Díaz se presentó con las manos vacías en su último tour por Bruselas. Pero con todas estas conversaciones de cambios y reformas en los derechos de los trabajadores, en esta publicación presentamos 6 derechos que posees como empleado y que posiblemente se te hayan olvidado.
Si necesitas que te adelanten el sueldo del mes, estás más que en tu derecho de solicitarlo. Aunque con un matiz, el pago que recibas será el pago por lo que hayas generado de trabajo en el mes, es decir, si lo pides a mitad de mes percibirás el 50% de tu salario.
Tienes descansos periódicos
Si una jornada laboral supera las 6 horas al día, los trabajadores tienen derecho a realizar descansos de 15 minutos, como mínimo.
Si bien una sentencia bastante reciente permite descontar del salario las pequeñas pausas que pueden hacer los trabajadores, los puestos donde se utiliza mucho el ordenador o se está mucho tiempo sentado deben moverse cada hora por al menos unos minutos.
Si cambias de domicilio, tienes un día libre
Tienes derecho a solicitar un día libre asignado a este motivo cada vez que tengas que mudarte de casa o localidad, incluso hay convenios que incrementan el número de días libres por esta razón.
Puedes reclamar si se retrasa el pago de la nómina
Cuentas con unos intereses de demora que puedes reclamar y solicitar si tu empresa no te está pagando tu salario correspondiente de cada mes. El Estatuto de los Trabajadores marcan que estas tasas pueden llegar a ser de hasta el 10% anual de la nómina.
Tienes permiso retribuido si quieres hacer un curso de formación
En el antes mencionado Estatuto de los Trabajadores también se incluye la alternativa de que los empleados accedan a ciertos cursos de formación profesional con un permiso pagado de máximo 20 horas anuales. A que está no te la sabías.
Dentro de los requisitos se encuentran que el empleado en cuestión debe llevar más de un año en la empresa y que, por supuesto, los cursos estén relacionados al trabajo.
Si tienes mala suerte y te enfermas en vacaciones...
Esta es muy importante, primero por la mala suerte que tienes que tener, y segundo porque se trata de un derecho que tienes durante tus vacaciones.
Si tienes la mala fortuna de enfermarte durante tus vacaciones puedes estar tranquilo, no tienes por qué perder tus días libres y renunciar a tu descanso. Realmente puedes notificar tu condición a la empresa y suspender tus vacaciones para que no sigan contando.
Lógicamente, debes pedir la baja laboral en tu centro de salud correspondiente y justificarlo a la compañía. Si es una enfermedad común o un accidente no laboral recibirás el 60 % de la base reguladora entre el cuarto y vigésimo día y el 75% de ahí en adelante.
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