El Gobierno refuerza la protección de los asegurados al exigir más transparencia

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26/01/2018 - 15:07
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Madrid, 26 ene (EFE).- El Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto de ley de distribución de seguros, que refuerza la protección del asegurado mediante obligaciones de transparencia y conducta para los distribuidores de seguros.

De este modo, el cliente deberá ser informado de todos los costes, gastos y riesgos que asume en los productos de inversión basados en seguros, y tendrá acceso a una evaluación periódica de su idoneidad, según explica el Ministerio de Economía en un comunicado.

Además, se endurecen las sanciones por incumplimiento de las obligaciones de información y se regulan por primera vez las denominadas ventas cruzadas, es decir, aquellas que añaden al contrato de seguro servicios o productos auxiliares.

El texto, que se adapta a las nuevas normas europeas, deberá obtener los dictámenes correspondientes y volverá de nuevo al Consejo de Ministros para ser aprobado como proyecto de ley e iniciar la tramitación parlamentaria.

La legislación busca garantizar un mismo nivel de protección a los clientes, sea cual sea el canal a través del cual se adquiera un producto de seguro.

Se consideran distribuidores de seguros y reaseguros no sólo a los mediadores, como hasta ahora, sino también a las compañías, así como a otros participantes que distribuyan productos con carácter auxiliar, como las agencias de viajes o las empresas de alquiler de automóviles, que serán mediadores de seguros complementarios.

Asimismo, el concepto de distribución de seguros incluye la actividad desarrollada a través de los denominados comparadores.

Dentro de las categorías de mediadores, los operadores de banca-seguros se configuran como agentes de seguros (exclusivos o vinculados), si bien con ciertas particularidades.

Y es que se suprimen las limitaciones en cuanto a la puesta a disposición de un único operador de banca-seguros.

El texto prevé también que los mediadores puedan servirse de páginas web u otras técnicas de comercialización a distancia con las que ofrezcan al cliente información comparando precios o coberturas de un número de productos de seguros de distintas compañías.

Se refuerzan además los requisitos de organización y competencia profesional y las obligaciones de información y normas de conducta que deben seguir los distribuidores de seguros.

Se establece la obligación para todos los mediadores de acreditar que los fondos de clientes son transferidos a través de cuentas completamente separadas del resto de recursos del mediador.

En cuanto al deber de información al cliente, el anteproyecto establece requisitos adicionales en relación con la distribución de productos de inversión basados en seguros, buscando evitar o, en su caso, prevenir, potenciales conflictos de intereses.

Para los usuarios de productos de inversión basados en seguros se establece que deberá informarse de todos los costes y gastos asociados, la forma en que podrá pagarlo, así como cualquier pago relacionado con terceros, y se deberá advertir sobre los riesgos de los productos de inversión basados en seguros.

Para las situaciones de asesoramiento, se crea la obligación de proporcionar una evaluación periódica de la idoneidad del productos de inversión.

Se introduce el concepto de ventas cruzadas, con la obligación para el distribuidor de informar al cliente, cuando el contrato de seguro se ofrezca conjuntamente con otros servicios o productos, si se pueden adquirir por separado, y los correspondientes justificantes de los costes y gastos de cada componente.

Se establecen requisitos en materia de gobernanza de productos, en particular en el diseño, aprobación y control de los mismos.

En materia de infracciones y sanciones, el texto validado por el Consejo de Ministros hoy refuerza su régimen, fijando unas sanciones económicas adaptadas y en línea con las exigencias europeas.

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