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En ocasiones, cuando un trabajador sufre una enfermedad o un accidente común o profesional, puede solicitar la baja laboral. En los casos más graves, dicha patología puede llegar a ser incapacitante y ocasionar una incapacidad permanente.
De la misma manera, existen enfermedades crónicas que repercuten en la vida diaria de las personas afectadas causándoles un grado de dependencia o una discapacidad que puede ir del 33 % al 64% o del 65% en adelante. En estos casos, también existe la posibilidad de obtener una jubilación anticipada por enfermedad crónica, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por ley.
¿Qué es la incapacidad permanente absoluta?
Un trabajador se encuentra en situación de incapacidad permanente cuando, después de haber estado sometido al tratamiento médico prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral.
Es importante destacar que las secuelas deben ser definitivas, aunque también podría darse el caso de que la curación sea incierta.
Se trata de una protección que ofrece nuestro sistema de la Seguridad Social con vistas a cubrir la ausencia de capacidad funcional y laboral de una persona que, a causa de una enfermedad o unas lesiones producidas como consecuencia de un accidente no puede realizar ninguna actividad profesional con un mínimo exigible de profesionalidad, eficacia y rendimiento.
La incapacidad permanente se divide en cuatro grados, en función de su afección al trabajador. Existe la incapacidad permanente parcial, total, absoluta o de Gran Invalidez.
La incapacidad permanente absoluta para todo trabajo inhabilita por completo al trabajador para cualquier oficio o profesión. En el caso de que el afectado necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, se considerará Gran Invalidez, el grado máximo que reconoce la Seguridad Social.
La incapacidad absoluta es revisable, tanto por mejoría como por agravamiento. Por tanto, siempre se puede aumentar, reducir, mantener o cancelar dicho grado de incapacidad.
¿Qué grado de discapacidad tiene una incapacidad permanente absoluta?
A los beneficiarios de una incapacidad absoluta se les reconoce a todos los efectos un grado de discapacidad del 33 %, con lo que pueden disfrutar de todas sus ventajas y beneficios sociales. Actualmente, para obtener el certificado de discapacidad conviene solicitarlo.
A continuación, te mostraremos qué enfermedades entran en dicha pensión de invalidez otorgada por la Seguridad Social de nuestro país.
- Enfermedades discapacidad 33 %: Hay que remarcar que no existe un listado oficial de enfermedades por las cuales se otorgue dicha discapacidad. Esto se debe a que el grado de discapacidad no depende de la enfermedad que se padezca, sino cómo afectan las secuelas de la patología al paciente.
- Enfermedades pulmonares para jubilarse: Las afecciones respiratorias comprenden un gran número de enfermedades que otorgan dicho privilegio. Una enfermedad pulmonar como la EPOC, además, está muy amparada por los tribunales.
- Paga por enfermedad crónica: La cuantía de la pensión por invalidez en caso de padecer una enfermedad crónica invalidante depende de dos factores. El primero de ellos para responder a si se padece una enfermedad común, enfermedad profesional o consecuencia de accidente. El segundo factor es el grado de incapacidad concedido, cuanto más alto mayor % de base reguladora.
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