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El panorama del reciclaje en España está a punto de transformarse radicalmente. El país se prepara para la implementación del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno, una estrategia diseñada para atajar el problema de los residuos plásticos. Bajo este modelo, conocido por sus siglas como SDDR, los consumidores pagarán un pequeño importe adicional al comprar botellas y latas. Una vez que se devuelven los envases en puntos de recogida o máquinas habilitadas, se recupera íntegramente el depósito pagado. España tendrá que familiarizarse con esta medida que nace para cumplir con las estrictas expectativas de sostenibilidad de la Unión Europea.
Portugal ha sido uno de los países pioneros en Europa en incluir este sistema, y ahora es el turno de España. Nuestro país ha aprobado un método similar que empezará a estar operativo desde noviembre de 2026, basándose en las directrices del Real Decreto 1055/2022.
El incumplimiento de objetivos impulsa el SDDR
La urgencia de esta medida responde a datos preocupantes. Un informe publicado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) advirtió que en 2023 solo se recogió el 41,3 % de las botellas de plástico, una cifra que se sitúa muy por debajo del 70 % que exige la normativa comunitaria. Ante este escenario, la implementación del SDDR deja de ser una opción para convertirse en una obligación legal.
El artículo 45 del Real Decreto 1055/2022 establece que, si no se cumplen los objetivos de recogida selectiva, será imperativo adoptar un sistema de depósito para envases de un solo uso. Los porcentajes establecidos por la ley son ambiciosos: 77 % en 2025, 85 % en 2027 y un 90 % en 2029. Con la puesta en marcha del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno, el Gobierno aspira a alcanzar tasas de recuperación superiores al 90 % para limpiar espacios urbanos y naturales.
¿Qué envases entran en el modelo y cuánto costará?
La normativa afecta específicamente a las botellas de plástico de hasta tres litros destinadas a agua, refrescos, zumos, bebidas energéticas o alcohólicas. También se incluyen en el SDDR las latas y los envases de cartón para bebidas (briks). El texto legal enumera productos como aguas minerales, néctares, mezclas de frutas recién exprimidas y concentrados para disolución.
En cuanto al coste para el ciudadano, el consumidor tendrá que abonar un depósito de al menos 10 céntimos por envase en el momento de la compra. Aunque la cifra definitiva podría ajustarse según la gestión final, el sistema garantiza que ese importe no podrá ser inferior al mínimo marcado. Este incentivo económico es la pieza clave del SDDR para asegurar que el envase regrese al ciclo de producción y no termine en un vertedero o en el océano.
El reto logístico para los comercios españoles
Los establecimientos comerciales se convertirán en el epicentro de este modelo. Serán los responsables de gestionar tanto el cobro del depósito como la recepción física de los envases devueltos. Para que el SDDR funcione correctamente, se requerirá un despliegue masivo de infraestructuras tecnológicas, incluyendo máquinas de retorno automático capaces de identificar cada envase mediante códigos específicos para garantizar su trazabilidad.
No obstante, la ley contempla cierta flexibilidad. El real decreto admite que puedan fijarse condiciones específicas para los pequeños comercios con una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 120 metros cuadrados. A pesar de los retos logísticos, la llegada del SDDR supone un paso decisivo hacia una economía circular real en la que el residuo se convierta, de nuevo, en un recurso valioso.
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