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Error fatal: 48.000 familias que habían recibido el Ingreso Mínimo Vital tienen ahora que reintegrar el dinero ingresado. 2.500 euros de mediana, concepto que se refiere a la cantidad que se ubica justo en el centro de todas las cantidades que se deben devolver. El motivo es un error en la valoración del Ministerio como consecuencia del retraso en la obtención de los datos fiscales.
Ingreso Mínimo Vital: Más de 1 año de promesas fallidas y una nueva 'cagada' administrativa
La Autoridad Fiscal no solo rebajó a la mitad la cifra de familias que, según el Ministerio de Seguridad Social, se benefician del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Apenas 284.000 hogares al cierre de 2022 por los 560.000 que el departamento de José Luis Escrivá apuntó en enero.
"Los datos definitivos sobre renta y patrimonio del ejercicio anterior no se encuentran disponibles hasta bastante avanzado el año en curso, lo que genera revisiones de las nóminas percibidas de IMV", explica el organismo dirigido por Cristina Herrero en la Segunda Opinión sobre el Ingreso Mínimo Vital que publicó la semana pasada.
Para 123.000 hogares, por ejemplo, supuso un incremento. Para casi 82.000 una revisión a la baja y para las mencionadas 48.000 familias, la actualización de los datos desembocó en la pérdida de la ayuda. Con su nueva situación fiscal, ya no tienen derecho al IMV y deben devolver esa cifra mediana de 2.500 euros.
Esta cantidad, para una familia que ha sido beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital y cuya situación económica sin ser precaria sí se antoja ajustada, es un desembolso relevante.
Todo esto viene a decirnos que, el año pasado por esta época, un 16 % de todos los que estaban recibiendo esta ayuda no tenían derecho a ella, en la mayoría de los casos porque en realidad tenían rentas superiores a los límites establecidos, según datos difundidos por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) a través de los datos de gestión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
El problema es que el IMV funciona de manera similar a la declaración de la renta: se hacen ajustes a año vencido y ya a finales, como consecuencia del retardo en la disponibilidad de los datos fiscales. Los datos definitivos sobre renta y patrimonio del ejercicio anterior no se encuentran disponibles hasta bastante avanzado el año en curso, y siempre una vez finaliza la campaña de renta, lo que genera revisiones de las nóminas percibidas de IMV por parte de los beneficiarios ya en el último trimestre del año.
El Ingreso Mínimo Vital, no termina de despegar
De vuelta a la polémica diferencia en la cifra de beneficiarios, la corrección de la AIReF provocó la reacción inmediata del departamento que ahora dirige, precisamente, el expresidente de la Autoridad Fiscal.
La Seguridad Social puso en "entredicho" las conclusiones porque algunos datos "adolecen de escasa calidad, como reconoce el propio texto", y criticó que no hubo la adecuada comunicación entre ambas partes. La crítica fue muy dura. Herrero respondió que el Ministerio tenía el informe desde hace "15 días", que los datos son "incontestables", y que la diferencia en el número de beneficiarios se debe a que la AIReF contabiliza los datos teniendo en cuanta las altas y las bajas y el Ministerio, el total acumulado. "Para nosotros el bueno es el neto", apuntó la presidenta, a lo que añadió que la forma de contabilizar de Seguridad Social "es como si en las pensiones contabilizas cuántas personas a lo largo de la historia han cobrado la pensión". El enfrentamiento es evidente.
A Escrivá le resulta especialmente incómodo que la AIReF se pronuncie contra su medida estrella para luchar contra la desigualdad porque su trabajo en esta área se remonta al año 2019, cuando él mismo presidía el organismo y Cristina Herrero era directora de la División de Análisis de Presupuesto.
La AIReF publicó entonces un estudio sobre los programas de rentas mínimas en España y ya proponía la creación de un único sistema que evitara "el solapamiento" entre prestaciones. Esta fue la base sobre la que Escrivá construyó en 2020 el Ingreso Mínimo Vital. Su idea era desplegarlo a lo largo de la legislatura, pero la irrupción de la pandemia y la presión que ejerció el entonces vicepresidente, Pablo Iglesias, le obligó a presentarlo antes de la previsto.
Obligación de devolverlo
La ley que regula el Ingreso Mínimo Vital establece que el Instituto Nacional de la Seguridad Social podrá revisar de oficio los actos relativos a la prestación. "Cuando mediante resolución se acuerde la extinción o la modificación de la cuantía de la prestación como consecuencia de un cambio en las circunstancias que determinaron su cálculo y no exista derecho a la prestación o el importe a percibir sea inferior al importe percibido, los beneficiarios de la prestación vendrán obligados a reintegrar las cantidades indebidamente percibidas", reza el documento.
Sin embargo, el primer condicionante en la devolución de lo cobrado indebidamente se encuentra en los tiempos y la falta de personal en la Seguridad Social. Desde la AIReF aseguran que el propio INSS les ha reconocido que cuando se detecta un pago indebido se aplica el reglamento y se inicia un procedimiento ejecutivo, pero éste se dilata mucho en el tiempo y no hay una duración establecida.
El 'perdón' de Seguridad Social
Además, en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, el Gobierno incluyó una ayuda para algunos hogares que hubieran recibido pagos indebidos del IMV, eximiéndoles de devolverlo, tal y como publicó Vozpópuli. Para beneficiarse de ese 'perdón', la cantidad a reintegrar no debía superar el 65 % de la cuantía mensual de una pensión contributiva y la unidad de convivencia debía tener, al menos, un menor de edad.
La pensión no contributiva íntegra a enero de 2023 tiene una cuantía básica de 484,61 euros. Por consiguiente, a los hogares con algún menor solo se les exigirá la devolución de las cantidades indebidamente cobradas por encima de los 314,99 euros, según el cambio normativo aprobado a finales de diciembre.
Sin embargo, José María Casado, director de la División de Evaluación de Gasto Público de la AIReF, aseguró este jueves en rueda de prensa que este perdón no aplica a los pagos indebidos del pasado año, es decir, a los 130.000 beneficiarios que deberían devolver todo o parte del dinero recibido en 2022 (entre los que no cumplían las condiciones y lo recibieron y los que sí las cumplían pero recibieron más de lo debido).
Desde el Ministerio de Seguridad Social aseguran ahora, tras la publicación de la noticia y tras haberles preguntado previamente, que esta exención "sí se aplica a la revisión de septiembre 2022". En todo caso, sólo se perdonaría lo recibido indebidamente a lo largo del 2022 en los casos en los que se cumplan las condiciones antes expuestas.
Por otro lado, se ha puesto en marcha el incentivo al empleo del IMV. Con la nueva norma, una parte de los aumentos en las rentas del trabajo o de la actividad económica quedará exenta del cómputo de rentas para la determinación de la cuantía de IMV del hogar. En este caso, tanto el Ministerio como AIReF aclaran que este incentivo al empleo no aplica a los pagos indebidos de 2022, sino que se aplicará en la revisión de este año, con los datos de la última declaración de la renta.
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