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La jubilación representa uno de los momentos más esperados por millones de trabajadores. Después de décadas dedicadas a la actividad profesional, alcanzar la edad de retiro supone un cambio de etapa: dejar atrás la vida laboral para convertirse oficialmente en pensionista y comenzar un periodo marcado, en principio, por una mayor tranquilidad y disponibilidad de tiempo.
Por este motivo, conocer con antelación cuándo será posible acceder al retiro laboral es una de las principales preocupaciones de los ciudadanos. La edad exacta no es igual para todos los trabajadores, ya que depende principalmente del número de años cotizados a la Seguridad Social y de las normas que regulan el sistema de pensiones.
Dos edades de jubilación que conviven en España desde la reforma de las pensiones
En España no existe actualmente una única edad ordinaria de jubilación. Desde el año 2013, tras la reforma aprobada en 2011 con el objetivo de reforzar la sostenibilidad del sistema público de pensiones, comenzaron a aplicarse dos edades diferentes de acceso al retiro.
Por un lado, se mantiene la posibilidad de jubilarse a los 65 años para aquellos trabajadores que cumplen determinados requisitos de cotización. Por otro, existe una edad superior que se ha ido incrementando progresivamente cada año y que continuará haciéndolo hasta 2027, cuando la edad ordinaria llegará a los 67 años.
Este aumento gradual responde a los cambios introducidos por la Ley 27/2011, de 1 de agosto, una norma que modificó varios aspectos del sistema de pensiones, entre ellos la edad legal de jubilarse y el periodo de cotización necesario para poder retirarse a los 65 años.
La cotización acumulada marca la diferencia en 2026
La posibilidad de acceder a una u otra edad de jubilación depende del tiempo que el trabajador haya estado cotizando. La normativa fija cada año un periodo mínimo de cotización que permite mantener la jubilación a los 65 años, mientras que quienes no alcanzan ese límite deben esperar hasta la edad ordinaria más elevada.
En 2026, el requisito establecido para poder jubilarse a los 65 años será contar con una carrera de cotización de al menos 38 años y tres meses. Los trabajadores que no alcancen ese periodo tendrán que esperar hasta cumplir la edad ordinaria correspondiente.
Sin embargo, existe una excepción importante que permite que determinados trabajadores puedan acceder a jubilarse a los 65 años aunque no tengan esos 38 años y tres meses cotizados.
Trabajadores que podrán jubilarse a los 65 años con solo 15 años cotizados
La legislación contempla algunos casos concretos en los que se mantiene la aplicación de las condiciones anteriores a la reforma de las pensiones. En estas situaciones, los trabajadores pueden jubilarse a los 65 años acreditando únicamente el periodo mínimo exigido para tener derecho a una pensión contributiva: 15 años de cotización.
Esta posibilidad está recogida en la disposición transitoria cuarta de la Ley General de la Seguridad Social, que permite conservar la normativa anterior en materia de jubilación para determinados colectivos.
La norma establece que algunos trabajadores pueden seguir beneficiándose de las reglas existentes antes de la reforma, incluyendo las relacionadas con la edad de acceso, los requisitos necesarios y la forma de calcular la prestación.
Personas afectadas por despidos o situaciones laborales anteriores a 2013
Uno de los grupos que puede acogerse a estas condiciones especiales es el formado por aquellas personas cuya relación laboral terminó antes del 1 de abril de 2013 y que, desde entonces, no hayan vuelto a estar incluidas en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social.
Esto significa que los trabajadores que perdieron su empleo antes de esa fecha y que no han retomado posteriormente una actividad laboral que implique nuevas cotizaciones podrán acceder a la jubilación a los 65 años cumpliendo únicamente el requisito general de contar con 15 años cotizados.
En estos casos, no se les aplican las exigencias de cotización más elevadas introducidas por la reforma de 2011, ya que la normativa reconoce la posibilidad de mantener las condiciones anteriores.
También se incluyen algunos afectados por expedientes de regulación de empleo
La ley contempla además otro grupo de trabajadores que puede beneficiarse de esta regulación más favorable. Se trata de personas cuya relación laboral quedó suspendida o finalizada como consecuencia de determinadas decisiones adoptadas antes del 1 de abril de 2013.
Entre ellas se encuentran quienes fueron afectados por expedientes de regulación de empleo (ERE), convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa o procedimientos concursales aprobados, firmados o declarados antes de esa fecha.
Para estos trabajadores, la Seguridad Social debe aplicar la normativa que resulte más beneficiosa en el momento de reconocer el derecho a la pensión de jubilación.
Una excepción que mantiene derechos adquiridos
Aunque la edad de jubilación continúa aumentando de forma progresiva en España, la legislación mantiene algunas protecciones para trabajadores que se vieron afectados por determinadas circunstancias laborales antes de la entrada en vigor de la reforma.
De esta forma, en 2026 seguirá existiendo la posibilidad de jubilarse a los 65 años con 15 años cotizados para quienes estén incluidos en los supuestos previstos por la normativa. Se trata de una excepción que busca respetar situaciones generadas antes del cambio legal y garantizar que determinados trabajadores puedan acceder a la pensión bajo unas condiciones más favorables.
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