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La Seguridad Social brinda apoyo a los trabajadores con distintas ayudas, incluyendo las lesiones permanentes no incapacitantes, las cuales son diferentes al reconocimiento de una pensión por incapacidad permanente. Estas generan una indemnización única para aquellos trabajadores que experimentan alguna lesión, mutilaciones o deformidades debido a accidentes laborales o enfermedades profesionales.
¿Cómo es el concepto de lesión permanente no incapacitante?
En el espectro de medidas de protección a los trabajadores que ofrece la Seguridad Social, es crucial destacar el concepto de lesiones permanentes no incapacitantes. Esta categoría difiere significativamente del reconocimiento de una pensión por incapacidad permanente.
Las lesiones permanentes no incapacitantes se definen como lesiones, mutilaciones o deformidades derivadas de accidentes laborales o enfermedades profesionales que, aunque no alcanzan el umbral de incapacitación permanente, sí provocan una merma en la integridad física del trabajador.
Para que sean consideradas como tal por la Seguridad Social, deben ser de carácter definitivo y estar contempladas en el baremo específico establecido para este fin.
Una condición esencial para determinar una lesión permanente no incapacitante es que esta afecte o disminuya la integridad física del trabajador. Además, debe estar claramente incluida en el baremo oficial de la Seguridad Social.
Esta indemnización económica está disponible para todos los trabajadores afiliados al Régimen General de la Seguridad Social que cumplan con los requisitos previamente mencionados. Además, puede ser aplicable a trabajadores autónomos, mineros del carbón y trabajadores del mar.
Una compensación económica de un pago único
La compensación que se recibe consiste en una indemnización única, establecida de acuerdo con el baremo correspondiente. Esta compensación se otorga en forma de pago único y no implica la concesión de una pensión continua.
El cálculo de la compensación otorgada por la Seguridad Social en casos de lesiones permanentes no incapacitantes varía según la gravedad del incidente subyacente. Esta disposición está claramente definida en la normativa de la Seguridad Social que regula esta forma de protección para los trabajadores.
Específicamente, la cantidad de la compensación se incrementará "entre un 30% y un 50% en casos donde la lesión, mutilación o deformidad sea resultado de máquinas, artefactos o entornos laborales que carezcan de dispositivos de precaución reglamentarios, que estén desactivados o en mal estado, o cuando no se hayan observado las medidas de seguridad e higiene en el trabajo, o las precauciones básicas de salud y adaptación personal requeridas para cada tarea, considerando las características individuales del trabajador, su edad, sexo y otras condiciones pertinentes".
La carga financiera de esta compensación recae directamente sobre el empleador que incumpla con las regulaciones establecidas. Es importante tener en cuenta que esta indemnización se aplica exclusivamente en casos de accidentes laborales o enfermedades profesionales.
Por otro lado, la Seguridad Social enfatiza que la compensación por lesiones permanentes no incapacitantes es incompatible con la continuidad del trabajo en la misma empresa.
También es incompatible con las pensiones por incapacidad permanente, a menos que las lesiones sean completamente independientes de las causas que originaron la declaración de incapacidad permanente.
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