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La nueva ley de extranjería entrará en vigor en mayo de 2025. Sin embargo, y a pesar de los seis meses que nos separan de la fecha, los despachos de abogados vienen recibiendo numerosas consultas de ciudadanos desde que se aprobaran los cambios en el reglamento hace varias semanas.
Le Morne Brabant abogados es uno de esos bufetes que cuenta con especialización en regularización de inmigrantes y a ellos hemos acudido en busca de respuestas a lo más preguntado para la consecución del permiso de residencia.
¿Qué se puede obtener gracias a los cambios en la ley de extranjería?
Las novedades en la ley de extranjería incluyen la posibilidad de obtener tanto el permiso de residencia como el permiso de trabajo. A diferencia de normativas anteriores, los permisos de residencia ahora incluyen desde el inicio la autorización para trabajar, ya sea por cuenta propia o ajena, sin necesidad de trámites adicionales. Esto aplica especialmente para los arraigos sociolaboral y socioformativo, que están directamente relacionados con la integración al mercado laboral.
La figura de arraigo, que presupone que la persona solicitante de papeles tiene vínculos con nuestro país que la sitúan en una situación preferente para conseguirlos, se reduce de una lado y se amplía de otro. Cuando entre en vigor, el tiempo de estancia para acogerse a ella pasa a ser de dos años, frente a los tres que rigen en la actualidad.
En cuanto a las modalidades de arraigo de la nueva ley de extranjería, se introducen el formativo y el de segunda oportunidad. El primero es el que otorga un permiso de trabajo por cuenta ajena durante el tiempo de formación. El de segunda oportunidad significa conceder la posibilidad de regularizarse a quien ya tuvo permiso y lo perdió por distintos motivos.
¿Cómo cambia la figura de solicitud de asilo con los cambios en la nueva ley?
Esta figura sufre una importante modificación dentro de la ley de extranjería, explica desde Le Morne Jennifer Muñoz, y es que a partir de mayo, el tiempo permanecido como solicitante de asilo no computará a efectos de residencia para las figuras de arraigo, y, además, será necesario una resolución firme de denegación de asilo.
Los visados iniciales tendrán una duración de un año y las renovaciones serán de cuatro. El necesario para poder buscar trabajo se amplía de tres a doce meses, con el objetivo de fomentar la integración de los extranjeros en el mercado laboral.
¿Hay cambios en relación al concepto de reagrupación familiar?
Si, este concepto es el que facilita que familiares de inmigrantes puedan viajar hasta aquí y reunirse con el residente en nuestro país, para facilitar la unión de la familia. La edad máxima de hijos reagrupables se va a incrementar hasta los 26 años y va a incluir a las parejas no registradas formalmente. Estas personas podrán compatibilizar su aprendizaje con un trabajo de 30 horas semanales.
¿Y para los trabajadores temporales?
Los trabajadores temporales tendrán la posibilidad de cambiar de empleador dentro del mismo sector de actividad sin perder su estatus legal dentro de la nueva ley de extranjería. Todo con el fin de evitar situaciones de explotación laboral y fomentar la movilidad dentro del mercado
Además, finalizan los abogados, se introducen elementos de protección para las víctimas de violencia de género y de quienes sufren abusos laborales. Este último aspecto, mediante la supervisión del cumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos de trabajo temporal dentro de la nueva ley de extranjería.
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