¿Quiénes podrán acogerse al permiso de cuidados de 7 días y cómo?

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04/02/2022 - 17:00
Madre cuidando de su hijo enfermo

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La ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, ha anunciado que su departamento y el de Igualdad, dirigido por Irene Montero, pretenden incluir en la futura ley de familias un permiso de cuidados retribuido de siete días al año, que además podría aplicarse también en los casos de coronavirus

Este permiso de cuidados abarcará un concepto de familia o unidad de convivencia que definirá quiénes podrán acogerse a esta protección para atender a sus seres queridos. Se tendrá en cuenta a las personas convivientes, no solo a los lazos de consanguinidad o legales.

"Debemos ser capaces de trasladar a las políticas públicas las lecciones del covid. Tenemos que ser capaces de garantizar el derecho al cuidado en nuestro país, lo importante que es cuidarnos y tener tiempo para cuidar a los demás", defendía

Certezas y dudas sobre el proyecto del permiso de cuidados

Este permiso se incluirá en la futura ley de familia, cuyo borrador aún estudia el Gobierno de coalición, por lo que aún no está del todo definido; pero tanto la directiva europea 2019/1158 de conciliación de la vida familiar y la vida profesional como el Libro blanco para un nuevo marco nacional sobre el apoyo y protección familiar de la OCDE dan pistas de en qué sentido se articulará esta medida.

El documento de la OCDE defiende la necesidad de tener en cuenta la diversidad de formas familiares, incluyendo a quienes conviven sin estar casados, para facilitar la vida familiar para el conjunto de la ciudadanía.

El permiso, por lo tanto, incluirá el cuidado de los padres, hijos o convivientes. El concepto es más amplio que el del permiso actual de dos días (cuatro en caso de ser necesario el desplazamiento) que recoge el Estatuto de los Trabajadores hoy día.

Este permiso se ampliaría en días y en las personas a las que se puede cuidar gracias a él

Hasta ahora se habla de "dos días por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad".

Pero a partir de la aprobación de este nuevo permiso de cuidados, se ampliaría en días y en las personas a las que se puede cuidar gracias a él, ya que se podría usar para "cuidar a cualquier conviviente", según explican fuentes de Derechos Sociales e Igualdad.

Además, también se amplían las situaciones en las que se podrá utilizar el permiso. Hasta ahora hacía falta que se diera una situación de gravedad como las descritas arriba. Eso cambiará, según la explicación de Belarra, que ha puesto como ejemplo "quedarse en casa cuidando a los hijos cuando han pasado una mala noche vomitando o con fiebre" o "llevar al médico a tus padres o que puedas estar con tu pareja si está enferma".

¿Será necesario un justificante médico para obtenerlo?

Sí. En su borrador se apunta que se podrá "exigir una certificación médica previa de la necesidad de asistencia o cuidados", según decida cada país. Y se aclara que se trata de un permiso distinto del que facilita ausentarse del trabajo "por causa de fuerza mayor por motivos familiares urgentes o inesperados".

Conclusiones

  • La duración del permiso: 7 o 9 días

La futura Ley contempla que el permiso dure siete días si el cuidado al familiar es en la misma región donde se reside, y que pueda ampliarse hasta los nueve días si hay que desplazarse a otra Comunidad Autónoma

Actualmente, la legislación española solo contempla para el trabajador dos jornadas de permiso retribuido, lejos de lo planteado desde la Unión Europea, que recomienda un permiso de este tipo de 5 días al año. 

  • No se requerirá una enfermedad grave
  • ¿Quiénes podrán solicitarlo?

Se deduce, por tanto, que el permiso no irá solo dirigido a las familias tradicionales, unidas por lazos de sangre, o a las uniones legales como los matrimonios. Podrá utilizarse para cuidar a cualquier conviviente, incluidas las parejas que no estén casadas o amigos con los que se comparta casa

  • ¿Habrá que presentar un justificante médico?

La directiva europea apunta que se podrá "exigir una certificación médica previa de la necesidad de asistencia o cuidados", según decida cada país. Y aclara que se trata de un permiso diferente del exigido para ausentarse del trabajo "por causa de fuerza mayor por motivos familiares urgentes o inesperados".

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