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La Sala II del Tribunal Supremo ha notificado la sentencia de la llamada Época I de la trama Gürtel (1999-2005) y mantiene en líneas generales las condenas impuestas por la Audiencia Nacional a los protagonistas de esta red de corrupción, así como la que recibió el Partido Popular por lucrarse del entramado empresarial liderado por Francisco Correa.
Hemos conocido que hay penas que aumentan al castigarse ahora de forma separada, por el fraude y la malversación que fueron cometidos en concurso de delitos, tal como pidió la Fiscalía en su recurso, a quien también se estima la elevación de la cuantía de determinadas multas.
Por su parte, el expresidente del Gobierno Mariano Rajoy ha celebrado que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo haya calificado de excesivo que el tribunal de la Audiencia Nacional que juzgó la primera época de la trama Gürtel y diera por acreditada en su sentencia la existencia de una caja 'B' en el PP, lo que motivó la moción de censura que provocó su salida de Moncloa.
Rajoy valora positivamente la ratificación de la sentencia de esta semana, en la que se señala que "no puede afirmarse la autoría del Partido Popular como autor de delitos de corrupción y prevaricación irregular al no solicitarse condena en tal sentido y haber traído al proceso como partícipe a título lucrativo que presupone que el beneficiario no solo no participó en el delito sino que desconoció su comisión".
Reducción de penas
Esta circunstancia se produce por apreciación de atenuantes. Como es el caso de la colaboración en el caso de Francisco Correa por su declaración en el juicio.
Del mismo modo, han publicado la absolución de algunos de los delitos cometidos o nuevas individualizaciones de penas que se consideran más correctas.
La trama Gürtel
La Gürtel es un caso que ocupa una sentencia de 1.843 folios, dictada por unanimidad, y de la que ha sido ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, el Supremo ha confirmado la comisión en esta causa de delitos de cohecho (activo y pasivo), falsedad en documento mercantil, malversación de caudales públicos, prevaricación, asociación ilícita, fraude a la administración pública, blanqueo de capitales, delitos contra la Hacienda pública, tráfico de influencias, apropiación indebida, o exacciones ilegales.
En este caso, el TS ha confirmado con algunas modificaciones las condenas de prisión para 29 acusados que fijaron la Audiencia Nacional, y la responsabilidad civil a título lucrativo del Partido Popular, de la exministra Ana Mato y de Gemma Matamoros, esposa del exalcalde de la localidad madrileña de Majadahonda.
Esta semana la trama Gürtel volvió a copar los titulares de medios de comunicación tras las excesivas menciones a la 'caja B' del PP de la sentencia recurrida porque no puede haber responsabilidad penal sin acusación o defensa.
“Costes electorales” en el Partido Popular
El PP, como partícipe a título lucrativo por actos electorales que sufragaron las empresas del grupo Correa en localidades de la Comunidad de Madrid.
El partido, deberá abonar 133.628,48 euros por los actos llevados a cabo en Majadahonda y 111.864,32 euros por los de Pozuelo, al haberse constatado que se produjo un enriquecimiento ilícito en perjuicio de los intereses del Estado, generándose una obligación civil de devolución.
Rosalía Iglesias, la mujer del tesorero
Una de las modificaciones del acta en el marco de la Gürtel , es sobre la situación de Rosalía Iglesias. El tribunal decide que hay indicios plurales y acreditados de que conocía la procedencia delictiva del dinero, ya que había un incremento del patrimonio de su marido no justificado con sus ingresos ordinarios. Se observa en la condenada, "no sólo en la elaboración de tal documentación falsa relativa a operaciones inexistentes, sino también en su efectiva gestión de las cuentas bancarias abiertas a su nombre, en los ingresos mismos por ella verificados de esas cantidades de dinero que posteriormente se reflejaban en las declaraciones tributarias".
La investigación de la Gürtel señala a la mujer del tesorero al observar determinados comportamientos que no podían ajustarse a la realidad: apertura de cuentas bancarias, asunción como propios de ciertos ingresos en sus cuentas bancarias por ella misma verificados o la consignación mendaz en su declaración individual de IRPF de unas inexistentes operaciones de compraventa de arte.
De esta manera el acta del Juez notifica que la esposa de Luis Bárcenas "tenía pleno control y capacidad de gestión sobre las cuentas bancarias de su titularidad, suizas o españolas, a través de las que el matrimonio ocultó su patrimonio y lo hizo circular; y por otro, que incluso observó una conducta claramente activa en orden a cooperar en esta dinámica de defraudación, ocultación y posterior afloramiento del dinero ilícitamente obtenido por su esposo. Su participación en la Gürtel , según se viene relatando, no se limitó a plasmar su firma en cierta documentación".
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