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El SEPE, antes conocido como INEM, gestiona el desempleo en España y realiza investigaciones sobre el mercado laboral. Ofrece formación profesional y ayuda a los trabajadores desempleados a solicitar el paro, siempre y cuando tengan un tiempo mínimo cotizado. Si no cumplen con este requisito, pueden optar por otras ayudas.
El SEPE: Funciones al ciudadano, prestaciones y demandantes de empleo
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), sucesor del INEM, despliega un conjunto de funciones clave en España. No solo investiga el mercado laboral para mejorar su dinámica, sino que también ofrece programas de formación profesional y administra lo que popularmente conocemos como el seguro de desempleo.
Cuando un individuo se encuentra en situación de desempleo, el SEPE se convierte en un recurso fundamental. Aquí es donde puede solicitar la asistencia por desempleo, siempre y cuando haya cotizado un tiempo mínimo. En casos donde este requisito no se cumple, existen otras formas de apoyo disponibles.
El proceso de solicitud de prestaciones por desempleo tiene su complejidad y plazos definidos que deben ser respetados. Tras finalizar un empleo, se dispone de un período de 15 días para iniciar el trámite. Si quedan días de vacaciones pendientes, es necesario esperar a su disfrute antes de presentar la solicitud.
Así, la persona debe inscribirse como demandante de empleo en el SEPE y luego proceder con la solicitud, ya sea de manera presencial o a través de los servicios electrónicos disponibles. Si la solicitud se presenta fuera del plazo establecido, se reducirá el tiempo de prestación correspondiente.
¿Cómo podemos reclamar intereses a la entidad?
Después de presentar la solicitud, la espera por una respuesta puede ser un proceso lleno de incertidumbre para muchos trabajadores. El SEPE tiene un plazo de 15 días para evaluar la solicitud, aprobar, rechazar o solicitar documentación adicional. Luego, tiene otros 10 días para comunicar la resolución al solicitante. En teoría, dentro de 25 días, el trabajador debería tener claridad sobre el resultado de su solicitud.
Sin embargo, si pasan tres meses sin respuesta, se considera que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo. En este caso, el trabajador debe iniciar una reclamación previa antes de recurrir a la vía judicial. Si no ha recibido notificación, puede verificar el estado de su expediente en la página web de la entidad, pero para hacerlo necesita un certificado digital, DNI electrónico o credenciales cl@ve.
Cuando finalmente se aprueba el paro pero hay retrasos en el pago, surge la pregunta de si se pueden reclamar intereses de demora. Si la Administración no realiza el pago en los tres meses posteriores a la notificación de la resolución, el trabajador tiene derecho a reclamar los intereses de demora por escrito después de ese plazo.
A pesar de ello, en el caso del SEPE, los retrasos suelen ocurrir en el proceso de reconocimiento de la prestación. Una vez que se aprueba, el pago se efectúa dentro del mes siguiente, lo que no cumple con los requisitos para aplicar intereses de demora.
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