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El Ministerio de Consumo ha declarado al respecto que la mal llamada 'tasa Covid' es ilegal en base a lo establecido Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aunque las Comunidades Autónomas son las autoridades competentes en la materia.
A muchos clientes les han cobrado un suplemento como tasa Covid
Así se llama ese suplemento que bares, restaurantes, pequeñas empresas sanitarias y diversos negocios han empezado a cobrar al cliente como pequeña 'compensación' por esta crisis económica derivada de la pandemia.
Consumo ha afirmado que la suma de gastos ocasionados por las actividades de higiene, desinfección, prevención o acondicionamiento, de forma desglosada, en una factura dirigida al consumidor “podría ser considerada como una cláusula abusiva”.
Este Ministerio ha tomado como referencia los puntos 4 y 5 del artículo 89 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU), aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre para avalar sus argumentos en contra de la tasa.
Los gastos de las medidas de seguridad e higiene corresponden a los negocios
Así lo ratifica también una nota informativa enviada a la asociación de consumidores Facua, que había solicitado al Ministerio que se pronunciase públicamente al respecto de este tipo de prácticas, sobre las que algunos usuarios llevan días alertando en redes sociales.
“El Ministerio de Consumo ha reaccionado rápido a nuestra petición y ha dejado las cosas claras. Creemos que ya no hay ninguna duda legal”, afirma Rubén Sánchez, portavoz de la organización.
Costes adicionales para las empresas, no para el consumidor
Las medidas de higiene y seguridad específicas para establecimientos y empresas establecidas en el proceso de desescalada implican, entre otras, dotar de equipo adecuado al personal que trabaja cara al público, desinfectar y limpiar asiduamente el local y poner geles hidroalcohólicos a disposición de los clientes.
En su comunicado, Consumo reconoce que estas acciones pueden conllevar “la asunción de determinados costes adicionales” para las empresas, al tiempo que incide en que incluir estos costes potenciales en un ticket o factura supone “el traslado al consumidor de unas obligaciones que competen exclusivamente al proveedor del bien o servicio”.
Las empresas deben de cumplir la normativa vigente
En este sentido, el Ministerio recuerda que ninguna de estas medidas son opcionales, sino que vienen determinadas por la normativa vigente “debido al desarrollo de una actividad comercial o profesional”.
Facua apunta cuáles serían los pasos a dar en el caso de que, de ahora en adelante, nos encontremos con un establecimiento que quiere cobrarnos este recargo, ya declarado ilegal por el Ministerio de Consumo.
No debemos pagar la tasa Covid y se puede reclamar
Por consiguiente, podemos negarnos a pagar. Además, desde la asociación recomiendan presentar una denuncia a la Administración autonómica de Consumo. “Los clientes pueden fotografiar el cartel o el presupuesto o factura que se les entregue intentando cobrar por ese concepto”, explica Rubén Sánchez, portavoz de Facua.
Las comunidades autónomas tienen ahora vía libre para realizar inspecciones. Es decir, “tienen que actuar ante denuncia, pero también pueden desarrollar prácticas de control del mercado para detectar si se producen irregularidades en materia de medidas de seguridad en el estado de alarma y también la aplicación de este suplemento o tasa ilegal”, aclara Sánchez.
Sánchez también afirma que se puede reclamar el dinero ya cobrado con el concepto tasa Covid, siempre que hayamos conservado el ticket o la factura.
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