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El Parlamento Europeo da luz verde a un reglamento sobre productos libres de deforestación que solicita a las empresas que solo vendan productos en la UE si sus proveedores aseguran que proceden de zonas en las que no se han talado árboles.
Unos 420 millones de hectáreas de bosque -un área más grande que la UE- se convirtieron en bosques a uso agrícola entre 1990 y 2020, según la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).
El consumo de la UE representa un 10 % de esta deforestación global. El aceite de palma y la soja representan más de dos tercios de los productos procedentes de zonas deforestadas.
Medidas contra la deforestación por la preservación del planeta
Para luchar contra el cambio climático y la pérdida de biodiversidad, la norma obliga a las empresas a garantizar que los productos vendidos en la UE no hayan provocado la deforestación y la degradación forestal.
Aunque no se vetará a ningún país ni materia prima, las empresas solo podrán vender artículos en la UE si el proveedor ha emitido una declaración de "diligencia debida" que confirme que el producto no proviene de tierras deforestadas o ha conducido a la degradación forestal -incluidos los bosques primarios- después del 31 de diciembre de 2020.
Además, las empresas también deberán verificar que estos productos cumplen con la legislación pertinente del país de producción, incluso sobre derechos humanos, y que se hayan respetado los derechos de los pueblos indígenas afectados.
Los productos cubiertos por la nueva legislación son el cacao, el café, el aceite de palma, el ganado, la soja y la madera, incluidos los que contienen, han sido alimentados o han sido elaborados con estos productos básicos (como cuero, chocolate y muebles), como se recogía en la propuesta inicial de la Comisión Europea.
Los eurodiputados han añadido a la lista el caucho, el carbón vegetal, los productos de papel impreso y varios derivados del aceite de palma.
El Parlamento Europeo también aportó una definición más amplia de deforestación o degradación forestal que incluye la conversión de bosques primarios o que se regeneran naturalmente en bosques de plantación o en otras tierras boscosas.
La Comisión Europea clasificará a los países, o partes de ellos, como de riesgo bajo, estándar o alto mediante una evaluación objetiva y transparente dentro de los 18 meses posteriores a la entrada en vigor del Reglamento.
Las autoridades competentes de la UE tendrán acceso a la información pertinente proporcionada por las empresas, como las coordenadas de geolocalización, y realizarán controles con la ayuda de herramientas de seguimiento por satélite y análisis de ADN para comprobar de dónde proceden los productos y si han causado o no deforestación.
Si, habrá un mecanismo sancionador
Las sanciones por incumplimiento serán proporcionadas y disuasorias y la multa máxima deberá ser de al menos un 4 % del volumen de negocios anual total en la UE del operador o comerciante infractor.
“Hasta hoy, los estantes de nuestros supermercados han estado llenos con demasiada frecuencia de productos cubiertos con las cenizas de las selvas tropicales quemadas y los ecosistemas destruidos irreversiblemente y que habían acabado con los medios de subsistencia de pueblos indígenas. Con demasiada frecuencia, esto sucedió sin que los consumidores lo supieran”, comentó Christophe Hansen, eurodiputado que ha liderado la iniciativa.
Hansen añadió: “Me alivia que los consumidores europeos ahora puedan estar seguros de que ya no serán cómplices involuntarios de la deforestación cuando comen su barra de chocolate o disfrutan de un merecido café. La nueva ley no solo es clave en nuestra lucha contra el cambio climático y la pérdida de biodiversidad, sino que también debería romper el punto muerto que nos impide profundizar las relaciones comerciales con países que comparten nuestros valores y ambiciones ambientales”.
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