¿Está permitido organizar velatorios durante la crisis del coronavirus?

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14/05/2020 - 15:19
velatorios y entierros en el marco del coronavirus

Lectura fácil

Desde el lunes 11 de mayo el 51% de la población española, pasó de la fase 0 a la fase 1. Con la llegada de esta fase, los velatorios, entierros y actos religiosos, reciben una moderada flexibilidad en comparación con la fase anterior. Desde el 1 de abril, sólo se permitía que tres familiares asistiesen a esta ceremonia como representación simbólica.

Hay que recordar que los lugares de culto podrán abrir desde ese lunes a un 30% del aforo. En crematorios, el número total será de 15 personas, además del ministro de culto, y en las salas podrá haber un máximo de diez personas.

Según indica la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, en todo momento, se debe mantener la distancia de seguridad, no se podrán distribuir objetos, libros o folletos. Queda suspendido también, tocar o besar objetos de devoción u otros objetos que habitualmente se manejen. En este sentido, se aplaza también para más adelante, la participación de coros en estos actos.

Desde GNDiario, hemos hablado con el Tanatorio el Salvador (Oviedo), Tanatorio Nervión (Sevilla) y el Tanatorio Nuestra Señora de la Paz (Cuenca). Son localidades que se encuentran desde el pasado 11 de mayo en fase 1 y por ello han tenido que poner en marcha las indicaciones relatadas. Los tres servicios funerarios asumen las medidas decretadas, ayudan a las familias en todo lo que necesitan y tal y como indican la orden, en lugares visibles, colocan gel hidroalcohólico para su uso, además de comunicar a las personas presentes en los espacios comunes y salas, que el uso de mascarillas es obligatorio.

Al llegar a este nivel las personas más allegadas podrán despedir a sus seres queridos, acudir a velatorios y dar su adiós físico y emocional in situ. Las despedidas desde el estado de alerta hasta este día, han sido silenciosas, íntimas y cuidando el recogimiento interior.  

Velatorios

En este ámbito, ¿cuáles son las medidas de seguridad en la fase 1?

El Ejecutivo acuerda que la sociedad debe proceder con estas medidas: uso de mascarilla con carácter general. Antes de cada reunión o celebración, se deberán realizar tareas de desinfección de los espacios utilizados o que se vayan a utilizar, y durante el desarrollo de las actividades, se reiterará la desinfección de los objetos que se tocan con mayor frecuencia.

Organización de entradas y salidas de los lugares de culto

En estos espacios habrá dispensadores de gel hidroalcohólico, así como desinfectantes para el uso de clientes y trabajadores. No se permitirá el uso de agua bendecida y las abluciones rituales deberán realizarse en casa.

En el interior del lugar de culto se señalará la distribución de los asistentes, señalando los asientos disponibles para el uso. En los casos en los que los asistentes se sitúen directamente en el suelo y se descalcen antes de entrar en el lugar de culto, se usarán alfombras personales y se ubicará el calzado en los lugares estipulados, embolsado y separado.

Con respecto al tiempo, este debe limitarse en la medida de lo posible.

Situación de Velatorios y entierros en la fase 1

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo en cada momento de 15 personas en espacios al aire libre o diez personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.

En cuanto a la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 15 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

¿Qué ocurre en los lugares de culto?

Está permitida la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo y que se cumplan las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.

En el caso que el aforo máximo no estuviera claramente determinado se podrán utilizar los siguientes estándares para su cálculo:

a) Espacios con asientos individuales: una persona por asiento, debiendo respetarse, en todo caso, la distancia mínima de un metro.

b) Espacios con bancos: una persona por cada metro lineal de banco.

c) Espacios sin asientos: una persona por metro cuadrado de superficie reservada para los asistentes.

d) Para dicho cómputo se tendrá en cuenta el espacio reservado para los asistentes excluyendo pasillos, vestíbulos, lugar de la presidencia y colaterales, patios y, si los hubiera, sanitarios.

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