¿Cómo evitar comisiones bancarias al gestionar una herencia?

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30/06/2024 - 13:30
Persona firmando una herencia

Lectura fácil

Tras el fallecimiento de un ser querido y la finalización de trámites legales correspondientes, surge la necesidad de repartir la herencia, momento en el que suelen surgir diversas interrogantes sobre el proceso. Por ejemplo, al heredar dinero de una cuenta bancaria, es común tener preguntas sobre los pasos a seguir, los procedimientos a adoptar, los plazos involucrados y las posibles comisiones bancarias que podrían aplicarse.

Es esencial mantenerse informado sobre las tarifas que el banco puede o no cobrar, con el fin de evitar gastos superfluos y reclamaciones injustificadas.

Para poder disponer de los fondos de una cuenta bancaria heredada, los herederos deben entregar una serie de documentos al banco. Entre ellos se encuentran los siguientes:

Los documentos necesarios para poder disponer de la herencia

  1. Certificado de defunción.
  2. Declaración de últimas voluntades.
  3. Copia autorizada del testamento o acta notarial de declaración de herederos.
  4. Certificado de nacimiento y libro de familia de los herederos.
  5. Declaración privada de bienes o escritura de aceptación de herencia.
  6. Liquidación del Impuesto de Sucesiones y carta de pago.
  7. Documento identificativo de los herederos (DNI o NIE).

El banco debe verificar toda la documentación presentada para garantizar que el reparto de la herencia se realice conforme a la ley. Normalmente, este procedimiento puede durar entre 15 días y un mes, dependiendo de la complejidad del caso y de la eficacia del banco.

Las comisiones

Según el Banco de España, los bancos no pueden cobrar por algunas gestiones de herencia, como emitir certificados de saldo o facilitar movimientos de cuenta. Aunque existen excepciones donde sí pueden aplicarse comisiones, es importante estar informado al respecto.

Comisión de testamentaría: Los bancos pueden cobrar una tarifa por gestionar el proceso de testamentaría, siempre y cuando informen a los herederos de esta comisión y estos acepten el servicio. Esta tarifa está justificada si el banco proporciona servicios similares a los de un profesional externo, incluyendo orientación sobre la documentación y trámites necesarios.

Certificados y movimientos más allá del año: La información sobre los movimientos de cuenta realizados hasta un año antes del fallecimiento es gratuita. Para movimientos anteriores, el banco puede aplicar una comisión, siempre que se informe previamente y se acepte el cobro.

¿Cómo evitar las comisiones indebidas?

Según la OCU, algunos bancos cobran comisiones indebidas, como por emitir certificados de saldo o facilitar movimientos de cuenta, lo cual no está permitido por el Banco de España. Los herederos pueden reclamar ante el defensor del cliente del banco o directamente al Banco de España si es necesario.

Después de verificar la documentación y abonar el Impuesto de Sucesiones, los herederos están autorizados a acceder al dinero de la herencia. El banco debe ofrecer al menos una opción gratuita para la transferencia de los fondos, como transferencia bancaria, cheque o pago en efectivo.

Los bancos pueden cobrar comisiones por la tramitación de herencias, pero muchas de estas tarifas no están permitidas según el Banco de España. Es importante que los herederos se informen bien para evitar comisiones innecesarias y saber cómo reclamar si se les cobra indebidamente. Consultar con profesionales y seguir los procedimientos adecuados puede hacer más fácil gestionar una herencia y asegurar que los beneficiarios reciban su parte sin problemas.

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