Reclamar un ERTE es posible, hay un decreto judicial para hacerlo

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07/05/2020 - 07:00
Reclamar un ERTE es posible y el Gobierno refuerza la Justicia.

Lectura fácil

El Gobierno ya ha aprobado el Real Decreto Ley de Medidas Procesales y Organizativas para hacer frente al COVID-19 en la Administración de Justicia. Con ello, reclamar un ERTE en pequeñas empresas, despidos durante el confinamiento y ayudas públicas, ahora es más fácil.

El departamento que dirige Juan Carlos Campo explicaba que la norma aprobada “también trata de hacer frente al previsible incremento de asuntos en los órganos judiciales tras el parón productivo provocado por las medidas excepcionales de contención de la pandemia”. Por esa razón, este año los juzgados permanecerán abiertos todo el mes de agosto.

¿Cómo puedo impugnar o reclamar un ERTE?

Podrán hacerlo tanto de forma individual, colectiva, o incluso la autoridad laboral puede impugnar el ERTE:

  • Impugnación individual: todos los trabajadores afectados podrán impugnar la decisión del empresario. El plazo será de 20 días hábiles desde que se les notifique individualmente esta decisión (artículo 138 LRJS).
  • Impugnación colectiva: los representantes de los trabajadores podrán acudir al procedimiento de conflicto colectivo exclusivamente cuando el número de afectados por las medidas supere los diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores; el 10 por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquéllas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores o treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores. En este caso, las demandas individuales que se pudieran haber iniciado quedarán paralizadas y se estará al resultado de la demanda de conflicto colectivo.
  • Impugnación por la Autoridad Laboral: la decisión empresarial podrá ser impugnada por la autoridad laboral a petición de la entidad gestora de la prestación por desempleo cuando el ERTE sea falso. Pero si una empresa trabaja por proyectos o tiene un aumento imprevisto en la carga de trabajo y necesita contar con parte de la plantilla afectada por un ERTE antes de que finalice, también puede hacerlo.

¿Qué es un ERTE y qué ventajas tiene?

Un ERTE es un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, un derecho al que pueden acogerse aquellas empresas que por rzones circunstanciales ven reducida su actividad de manera significativa.

Esto permite a las empresas desvincular de manera temporal a una parte o a la totalidad de sus trabajadores. En estos momentos, con el cierre de los negocios debido al estado de alarma, hay empresas que han hecho un ERTE total sobre la plantilla, por ejemplo en la hostelería.

Frente a la incapacidad de las empresas de mantener los costes en un contexto de crisis, el Gobierno ofrece la posibilidad de aplicar un ERTE.

Para los trabajadores conlleva una ventaja importante frente al despido, y es que la empresa está obligada a reincorporar a los afectados por ERTE cuando recupere su ritmo habitual de actividad.

Mientras un trabajador está en situación de ERTE, recibe una prestación del estado del 70% de su base reguladora. Esto quiere decir que el trabajador cobrará en torno al 70% de su salario. Además, no computa ni resta días en caso de prestación contributiva por desempleo. De hecho, quienes no tengan días de cotización suficientes para recibir el paro también pueden beneficiarse.

Reclamar un ERTE es posible, las medidas del decreto

En cuanto a la estructura del decreto, Justicia explicó que se articula en cinco bloques de medidas. El primero de ellos tiene que ver con la seguridad en el trabajo; el segundo está encaminado al impulso a la recuperación de la actividad judicial; mientras que el tercer bloque recoge algunas medidas de transformación digital.

El cuarto área incluye medidas procesales con la finalidad de evitar confusiones en el cómputo de plazos, mientras que el último apartado es un paquete de medidas para hacer frente al previsible incremento de procesos concursales en los juzgados de lo Mercantil.

Como hemos visto, también se establecen medidas para favorecer la impugnación colectiva de los ERTE en las pymes y se tramitarán las reclamaciones presentadas por moratorias, ayudas públicas y despidos motivados por el período de confinamiento, entre otros.

Más turnos en los juzgados para evitar las aglomeraciones

Por otro lado, podrán establecerse turnos de mañana y tarde en los órganos judiciales. El fin es evitar las aglomeraciones y evitar contagios, al tiempo que los actos procesales se realizarán, preferentemente, de manera telemática, y la atención al público, vía telefónica o por correo electrónico siempre que sea posible.

Además, la norma permite dedicar órganos judiciales a asuntos derivados de la crisis del Covid-19 de manera temporal. Y prevé que los funcionarios de Justicia presten servicio en otros juzgados y tribunales de su municipio dentro del mismo orden jurisdiccional.

Así las cosas, también se amplía el plazo para formalizar e interponer recursos en aras del derecho de defensa de los ciudadanos y ciudadanas.

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