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El Corte Inglés ya dispone para sus empleados de test rápidos para la detección de anticuerpos de coronavirus, esto les permitirá "determinar el estado de inmunidad de los trabajadores afectados", según han señalado el sindicato Fasga.
El Corte Inglés, según Fasga, también realizará test a los empleados que se reincorporen tras un periodo de ausencia por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y que hayan tenido síntomas compatibles con la enfermedad.
Excepcionalmente, ha señalado Fasga, se realizarán los test si algún trabajador presenta síntomas después de haberlo puesto en conocimiento de su médico de atención primaria o servicio sanitario.
Vuelta al trabajo
La Orden SND/344/2020 que ofrece, entre otros aspectos, las instrucciones para la realización de pruebas en el ámbito empresarial, estipula que únicamente se debe efectuar la detección de infección por coronavirus en personas con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda que se encuentren hospitalizadas o bien desempeñen una labor esencial, como es el caso de los profesionales sanitarios y sociosanitarios.
"Se podrá considerar la realización de test en personas especialmente vulnerables o residentes en instituciones cerradas", añade Sanidad al pie de las anteriores indicaciones.
Por lo tanto, ¿pueden las empresas hacer tests a sus empleados?
La Ley de prevención de riesgos laborales podría facultar a las empresas para poder hacerlo, pero la respuesta es compleja y necesita matizaciones porque no se resuelve con un sí o un no rotundo dada la múltiple casuística existente.
Según distintos expertos, las empresas podrían ampararse en la ley, pero deberían ser muy cuidadosos con los datos que manejan por ser estos especialmente sensibles y estar protegidos por la ley de protección de datos.
Los que defienden hacer test a sus empleados señalan en concreto al artículo 22.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que faculta al empresario a vigilar el estado de salud de un trabajador, incluso sin su consentimiento, si es necesario para verificar si puede constituir un peligro para él mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa.
La Agencia de Protección da Datos también está por una opinión similar y explican que en un tiempo de pandemia la normativa permite, en el ámbito laboral, el tratamiento de datos de salud sin necesidad de contar con el consentimiento explícito el afectado, algo que no sería posible en una situación de normalidad.
El propio Ministerio de Sanidad no recomienda hacer test a personas asintomáticas y pide reservarlos para quienes tengan cualquier sintomatología compatible con la COVID-19 o hayan estado en contacto con personas positivas.
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