Lectura fácil
La actual indemnización por despido improcedente se encuentra tasada en una retribución de 33 días por año trabajado. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Barcelona, ha emitido una sentencia pionera en nuestro país, al considerar que la cuantía que le correspondía a una trabajadora, era un importe "insignificante". De esta forma, decidió elevar la cifra total otorgada por la empresa.
Esta sentencia ha llamado la atención, no solo por ser pionera, sino también porque ha puesto el foco sobre el importe de una indemnización por despido improcedente, que recordemos que es una de las más elevadas a las que se puede optar. También ha resultado relevante porque marca un precedente en la judicatura. Pero, ¿Cuáles son las claves de esta sentencia?
Una indemnización por despido que resulto insuficiente
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Barcelona se ha hecho noticia por considerar que la indemnización por despido de una trabajadora de la empresa BRS, en la que fue contratada en noviembre de 2019, con un contrato de jornada completa e indefinido, era "insignificante", motivo por el cual elevó la cuantía. Una cuantía que la empresa que decidió rescindir el contrato en marzo de 2020, alegando un descenso en las ventas debido a la pandemia, se tasó en 941,78 euros más el finiquito.
El importe total ascendió a 2.766,58 euros en total, y para calcularlo, se tomaron en cuenta los 33 días por año trabajado, el máximo a percibir de una indemnización por despido, tomando en cuenta que el salario mensual de la empleada ascendía a unos 25.000 euros brutos al año, más un bono anual de 1.000 que iba vinculado a los resultados del trabajo desempeñado.
El problema con el importe surgió en el momento en el que el Tribunal consideró que la indemnización por despido tasada de forma lega, "que no llega a los 1.000 euros, es claramente insignificante". También entendían que este importe reducido no compensaba los daños y las pérdidas ocasionadas por no mantener su puesto de trabajo.
Los jueces también apoyaron su decisión en que cada vez hay más sentencias previas que admiten la posibilidad de reconocer un importe mayor en las indemnizaciones de los trabajadores. Algo que se basa en "lo dispuesto en el Convenio 158 de la OIT y en el artículo 24 de la Carta Social Europea".
El derecho a despedir
Otra de las particularidades de esta sentencia, ha sido el reconocimiento de que existe "un excesivo ejercicio del derecho a despedir" en la decisión tomada por la empresa, ya que eso supuso excluir a la empleada de la posibilidad del ERTE, dificultando su "protección de desempleo" en esas circunstancias extraordinarias.
Basándose en este hecho y en lo comentado anteriormente, el TJS de Barcelona decidió finalmente que la indemnización por despido fuera de 4.435,08 euros, descontando los casi mil previamente abonados. Una cuantía algo menos del doble de la previamente otorgada, pero que esta vez se consideraba más adecuada.
Añadir nuevo comentario