Horas de tregua en La Moncloa: Por fin arranca la tramitación de la Ley de Vivienda

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26/10/2021 - 08:52
Anuncios de pisos en una inmobiliaria en Barcelona. / FERRAN NADEU

Lectura fácil

El pasado 27 de octubre de 2020, PSOE y Unidas Podemos anunciaron un acuerdo para diseñar una Ley de Vivienda que regulase los alquileres. Y este martes 26 de octubre de 2021, prácticamente un año después, el Gobierno aprobará el inicio de la tramitación de una norma que ambos partidos han tardado en negociar mucho más que el plazo de cuatro meses que se dieron, y que incluirá un mecanismo de regulación de los alquileres cuya aplicación dependerá de las comunidades.

Al proyecto le espera ahora un largo periodo de tramitación parlamentaria, aunque los movimientos de vivienda ya han criticado un texto que, según denunciaron este lunes, es una "nueva decepción".

Una vez reciba luz verde, el Gobierno está legalmente obligado a abrir un procedimiento de audiencia e información públicas que se prolongará varias semanas, aunque la intención del Ejecutivo es que el texto esté en el Congreso antes de que termine 2021 para que comience a tramitarse allí en febrero del año que viene, cuando se inicie el nuevo periodo de sesiones.

Estos son los puntos clave de la nueva Ley de Vivienda

Este acuerdo, criticado por el sector y la oposición, ha sido la llave para que ambos socios del Gobierno de coalición pudieran también pactar los Presupuestos de 2022 y está a medio camino entre la exigencia de Podemos de que se limitaran los precios del alquiler y la negativa inicial del PSOE a intervenirlos. 

Se trata de la primera Ley de Vivienda de la democracia, con la que espera garantizar el acceso a la vivienda de los colectivos más vulnerables, con el fomento del parque público de vivienda, la limitación de los precios de los alquileres en las zonas tensionadas o las bonificaciones para incentivar a los propietarios a ofrecer precios accesibles.

Alquileres públicos en las nuevas promociones de viviendas

Las promociones de obra nueva deberán contar con una reserva del 30 % de viviendas destinadas al parque público, siendo la mitad de este porcentaje destinado al alquiler social. Así, un edificio con 100 viviendas, deberá destinar 30 a este fin.

Ventajas fiscales para pequeños propietarios para bajar el precio de alquiler

Los pequeños propietarios (con menos de 10 viviendas en su poder) podrán optar a grandes descuentos e incentivos fiscales con el fin de incentivar la bajada del precio de alquiler en sus viviendas. De hecho, se planea a una bonificación de hasta el 90 % de las rentas que obtengan los propietarios en caso de que bajen el precio del alquiler respecto al contrato anterior.

Limitación del alquiler a viviendas de grandes propietarios

Los grandes propietarios, que son aquellos que tengan más de 10 viviendas en su propiedad, deberán adaptar el precio de sus alquileres al índice de referencia de la zona donde se encuentra para aquellas viviendas que se encuentren en las denominadas zonas tensionadas.

Bonos de ayuda para jóvenes

Esta nueva normativa incluirá la creación de un bono joven de vivienda dotado con 250 euros mensuales durante los próximos dos años. Esta medida va a beneficiar a los jóvenes de entre 18 y 35 años con rentas de trabajo e ingresos anuales inferiores a 23.725 euros. 

¿Qué es para el Gobierno una vivienda vacía?

En la nueva ley que este martes aprueba el Gobierno en el Consejo de Ministros se incluye un impuesto para las viviendas vacías a través del recargo del IBI de hasta el 150 %.

Para incentivar el alquiler de viviendas, el Gobierno permitirá a los Ayuntamientos que puedan aumentar la tasa del IBI para viviendas que estén vacías. Aunque se ha matizado que la nueva norma tendrá en cuenta 'las distintas competencias existentes en la materia', tanto autonómicas como municipales, por lo que indicó que deben ser las comunidades autónomas las que soliciten si quieren aplicar o no el control de precios en las zonas tensionadas. 

¿Qué son las zonas de mercado tensionado?

Son aquellas donde se considera que los precios han subido más de lo razonable y donde, por tanto, se regulan las rentas de alquiler. El anteproyecto fija una doble circunstancia que debe cumplirse: la primera es que la carga media de las hipotecas o los arrendamientos en la zona más los gastos y suministros básicos (luz, agua, gas, teléfono e internet, impuestos vinculados a la vivienda y gastos de comunidad) “supere el 30 % de los ingresos medios o de la renta media de los hogares”.

En otro apartado de la ley se especifica que el esfuerzo financiero debe medirse con los “ingresos netos”. Por tanto no se referiría a la renta bruta, sino al dinero contante y sonante de que disponen las familias cada mes. El segundo requisito de las áreas tensionadas es que los precios de compra o alquiler hayan subido en cinco años más de cinco puntos por encima del IPC autonómico. El texto no detalla cómo se medirían los precios de alquiler, si con los futuros índices, con las estadísticas que elaboran algunas comunidades autónomas o con otros medios. Ahora mismo, a diferencia de los precios de compra, no hay ninguna estadística oficial a nivel estatal que permita medir este parámetro.

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