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Las personas con discapacidad también tienen derecho a manejar un volante y a obtener el permiso de conducir que las acredita para ello.
Pero la Dirección General de Tráfico (DGT) debe valorar la situación de cada persona a través de un informe psicotécnico para considerar si existe alguna limitación ineludible que impida obtener el permiso. También puede establecer consideraciones para adaptar el vehículo que necesita cada persona en función de su discapacidad.
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Requisitos, pasos y adaptaciones para obtener el permiso de conducir si tienes discapacidad
No hay limitaciones legales para que las personas con discapacidad obtengan el permiso de conducir.
El primer paso es acudir a un centro de reconocimiento de conductores donde se obtendrá un informe que evalúe el grado de discapacidad tras superar unas pruebas psicotécnicas.
Según la normativa vigente, los resultados de dicho informe pueden ser de tres tipos:
- El "apto sin condiciones restrictivas" permite sacar el carné de conducir como cualquier otro ciudadano.
- El "apto con condiciones restrictivas" aconseja que, antes de empezar el proceso de aprendizaje, se acuda a la Jefatura u Oficina de Tráfico más cercana para ver las adaptaciones que se necesitan en el vehículo y permite solicitar un informe complementario para hacer los exámenes con condiciones personalizadas a la discapacidad.
- Y el "no apto", lo cual impide sacar el carné de conducir.
En el caso de "no apto" en el permiso de conducir, la DGT explica que se puede contrastar el informe con una "autoridad sanitaria" con el fin de acreditar que se tienen las "aptitudes psicofísicas" necesarias para poder conducir. De hecho, permite acudir a la Jefatura u Oficina de Tráfico más cercana para pedir asesoramiento y ayuda.
Qué ocurre con el examen práctico
Una vez que se tiene alguno de los dos primeros "aptos", se realiza el examen teórico con alguna adaptación. Para ello, la DGT pone en marcha las condiciones específicas que incluye en su Guía para personas con Dificultades Específicas de Aprendizaje.
Algunas de las especificaciones son:
Situar a los alumnos en lugares alejados de ruidos o distracciones y cerca de los examinadores para resolver dudas.
- Dar explicaciones de forma personal y pausada las instrucciones antes de que empiece el examen.
- Tienen un 50 % más de tiempo extra para hacer el examen.
- Pueden tener hojas en blanco para hacer anotaciones.
- Adaptar el ordenador del aula para que puedan escuchar las preguntas y respuestas con auriculares.
Una vez superada esta prueba para obtener una parte del permiso de conducir, llega la parte práctica, por lo que, según la discapacidad, se puede necesitar un coche adaptado, y de esa forma, la legislación vigente refleja en el artículo 61 del Reglamento General de Conductores las condiciones para la obtención de la parte práctica.
Determina, por ejemplo, que "podrán utilizar durante el aprendizaje y en la realización de las pruebas ciclomotores, vehículos para personas de movilidad reducida o vehículos provistos de cambio automático o semiautomático o adaptados a la discapacidad de la persona que haya de conducirlos", siempre que el dictamen del centro de reconocimiento autorizado o de la autoridad sanitaria reconozca ese derecho.
También incluye que los vehículos estén "provistos de dos espejos retrovisores interiores y dos exteriores, uno a cada lado, y dobles mandos de freno y acelerador y, si fuera posible, de embrague", cosa que ya ocurre habitualmente en casi todos los coches de autoescuela.
En el caso específico de las personas con discapacidad, la normativa para obtener el permiso de conducir precisa que "en la realización de las pruebas de control de aptitudes y comportamientos se efectuarán las comprobaciones oportunas para valorar la eficacia de la prótesis" que pueda usar el conductor con el fin de asegurar que "ofrecen las suficientes garantías de seguridad". No obstante, la DGT se reserva el derecho a que "la Jefatura Provincial de Tráfico, si lo considera necesario, podrá requerir al efecto otros informes complementarios y, en especial, el asesoramiento de un médico que podría ser designado por los servicios sanitarios competentes".
El coche, que deberá de cumplir los requisitos indicados anteriormente, podrá ser de la autoescuela, del propio alumno, o lo puede ceder un tercero. La DGT detalla que hay entidades, que tanto en el examen práctico como en las prácticas anteriores para la obtención del permiso de conducir, ceden uno de sus vehículos.
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