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El juez de vigilancia ha decidido mantener el tercer grado a los líderes que fueron encarcelados por el Procés. Oriol Junqueras, Jordi Sánchez, Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull y Jordi Cuixart estuvieron en la cárcel de Lledoners y, de momento seguirán disfrutando del tercer grado hasta que se resuelva el recurso de la Fiscalía. Es una decisión que se produce un día después de que el Juzgado número 1 de Barcelona mantuviera la semilibertad a las otras dos encarceladas del Procés, Dolors Bassa y Carme Forcadell.
El juzgado no ha resuelto todavía sobre el recurso que atañe al exconseller de Interior Joaquim Forn, aunque según fuentes jurídicas lo previsible es que adopte una decisión idéntica a la del resto de presos de Lledoners, puesto que solo debe entrar a valorar la suspensión y no el fondo del asunto.
Los líderes encarcelados por el Procés seguirán en semilibertad
Los líderes encarcelados por el Procés seguirán en semilibertad. Esto significa que podrán seguir saliendo de la cárcel y volverán a dormir de lunes a jueves. En los seis autos, el juez se desmarca de la decisión de suspender el tercer grado. Por eso, el magistrado David García hizo una interpretación restrictiva de un artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial que, según la Fiscalía, obligaría a suspender de forma automática el tercer grado penitenciario cuando este ha sido recurrido.
El magistrado David García ha añadido que “no se puede dejar de desconocer que la interpretación que de la norma procesal se efectúe produce afectación directa a derechos fundamentales, por lo que lo procedente es realizar una interpretación más ponderada y conforme a la eficacia y esencia de los mismos”.
La Generalitat permitió participar a los políticos del Procés en la campaña
La Generalitat de Cataluña concedió el tercer grado a los políticos presos por el Procés el 28 de enero. Este acto permitió a los siete líderes actuar de manera trascendente en la campaña del 14F. La Fiscalía lo recurrió al día siguiente de las elecciones alegando que se estaba vaciando de contenido la sentencia del Procés.
La Fiscalía impugnó la decisión por “la extrema gravedad de los delitos cometidos” y esgrimiendo que “no puede utilizarse la progresión a tercer grado en fases tan iniciales de cumplimiento de la pena, como es el caso, como un modo de alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento”.
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