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‘Respiro Familiar’ es una nueva ayuda de apoyo que se realiza de manera temporal a las personas con cualquier tipo de discapacidad. Su función es favorecer la conciliación familiar y socio-laboral de los familiares y cuidadores que conviven cada día con las personas con discapacidad.
El programa de ‘Respiro Familiar’ tiene como objetivo apoyar y descargar a familiares y/o personas cuidadoras principales de la atención permanente que requiere el cuidado de las personas que conviven con una discapacidad, con el fin de procurarles tiempo y espacio para el descanso, el desarrollo de actividades de vida social, así como promover la autonomía, integración y participación de las personas con discapacidad en diversas actividades.
Este tipo de programas incluyen:
- Cuidados en el propio domicilio (apoyo en momentos puntuales dependiendo de la situación familiar).
- Acompañamiento a hospitales.
- Para las personas con discapacidad aporta la realización de actividades lúdicas, como: ocio y tiempo libre, salidas culturales y de fin de semana.
Programa para personas con discapacidad intelectual
El programa se denomina ‘Respiro Familia’ y está financiado por Comunidades Autónomas o Ayuntamientos.
En el caso de Madrid, la subvención corre a cargo del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, del Ayuntamiento de Madrid, a través de un convenio con Plena Inclusión (Federación de organizaciones de personas con discapacidad intelectual o del desarrollo de Madrid).
¿Cómo beneficiarse del programa?
Para poder participar en este programa es necesario presentar esta documentación:
- Certificado de Discapacidad
- Certificado de Empadronamiento
- Acceso: Las personas interesadas deberán dirigirse a Plena Inclusión Madrid mediante correo electrónico, por teléfono o presencialmente.
‘Respiro Familiar’ para personas con daño cerebral adquirido
Al igual que en la anterior modalidad, ‘Respiro Familiar’ tiene como misión apoyar y descargar a familiares y personas cuidadoras principales de la atención permanente que ofrecen su cuidado a personas con daño cerebral sobrevenido.
De esta manera, se ofrece un tiempo concreto para su descanso. Del mismo modo, se promueve la autonomía, integración y participación de las personas con discapacidad.
Actividades del ‘Respiro Familiar’
Se ofrece este programa a familias que tengan una persona afectada por daño cerebral sobrevenido y que tengan un porcentaje alto de dependencia.
Para las personas con daño cerebral sobrevenido se prepara un plan de actividades lúdicas: Excursiones, salidas culturales o campamentos. El ‘Respiro Familiar’ se ofrece en época estival y Semana Santa.
Este programa está subvencionado por el Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, del Ayuntamiento de Madrid, junto con la organización y convenio llevado a efecto con la Asociación de daño cerebral sobrevenido de Madrid – Apanefa.
¿Cómo beneficiarse?
Para tener una plaza, estos son los documentos que debes presentar:
- Certificado de discapacidad
- Certificado de empadronamiento
- Aportar la documentación en: las personas interesadas deberán dirigirse a Asociación de Daño Cerebral Sobrevenido (APANEFA), mediante correo electrónico o por teléfono
‘Respiro Familiar’ en pandemia
Las asociaciones de pacientes realizan un gran trabajo a pesar de su falta de financiación y estructura generalmente débil, para favorecer la inclusión social. En tiempos de pandemia es necesario velar por la seguridad e higiene tanto para la persona cuidada como el cuidador habitual o la persona que se ocupa durante el ‘Respiro Familiar’.
En España, cada Administración, entidad o empresa privada establece sus propias peculiaridades a la hora de ofrecer estos servicios y, su duración, suele variar en función de la situación particular de cada usuario y de las razones por las que se solicitan. Podrán ser estancias de fin de semana, quincenales, mensuales, o de más de un mes en algunos casos.
Se realiza un plan individual cuando comienza el ‘Respiro Familiar’ por parte de los profesionales que valoran el estado físico y cognitivo de la persona, y se dispensará atención en las mismas condiciones que si se tratara de una estancia de carácter permanente. Es decir, tendrán los mismos derechos y deberes que los residentes y acceso a todos los servicios que preste el centro (fisioterapia, psicólogo, terapia ocupacional, etc.) y a las actividades que se desarrollen (excursiones, visitas culturales, etc.).
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