El Juez archiva el caso Ábalos Vs. Delcy

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27/11/2020 - 16:30
Ábalos a la izquierda y la líder de Maduro, Delcy Rodríguez a la derecha

Lectura fácil

La Sala del Tribunal Supremo ha archivado las querellas contra el ministro de Fomento y Transportes, José Luis Ábalos, ante un delito de prevaricación por la entrada de la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez, en territorio español en enero de 2020, debido a que, la Unión Europea censuraba su presencia en espacio comunitario.

El alto tribunal destaca que el incumplimiento de las decisiones de política exterior de la Unión Europea está sometido a control político, y no de tipo penal.

La decisión de la Sala sobre el caso Ábalos Vs. Delcy

Lo observado por el Supremo se centra en los hechos notorios de que Delcy Rodríguez entró en territorio español en un avión Falcon en la madrugada del 19 al 20 de enero de este año, permaneciendo unas horas en la sala VIP de la terminal ejecutiva del aeropuerto de Madrid-Barajas. Esta visita implicó una vulneración de la expresa prohibición del Consejo de la UE de permitir su entrada en el territorio de la UE, establecida en las decisiones PESC (Política Exterior y de Seguridad Común) aprobada por este Consejo en acuerdo a la situación de Venezuela.

El informe del Juez indica que, el acceso al territorio español se produjo desde el momento en el que el avión voló el espacio aéreo español, y europeo por tanto. Cuando el Falcon aterrizó en el Aeropuerto de Barajas, con absoluta independencia de la terminal a la que se dirigiera y de la zona del aeropuerto por la que transitara, la vulneración del mandato emanado del Consejo ya se había consumado. Además, recuerda el auto, el Aeropuerto de Barajas está enclavado en territorio español y sobre él ejercen soberanía las autoridades españolas.

La Sala reconoce el encuentro entre Ábalos y Rodríguez

El alto Tribunal reconoce que el ministro Ábalos se entrevistó con la vicepresidenta venezolana durante su estancia en territorio español, aunque se descarta que "la acreditada infracción de una decisión de política europea de seguridad común sea, por este simple hecho, constitutiva de un delito de prevaricación imputable a la autoridad nacional que haya, en su caso, consentido esa infracción", recoge Servimedia.

El asunto no incumbe a la Sala de lo Penal del Supremo

Por lo expuesto, subraya el alto Tribunal que "no incumbe" a la Sala de lo Penal del Supremo "el control del cumplimiento de las obligaciones del Gobierno español respecto de las decisiones PESC. El carácter político de estas decisiones se percibe con más nitidez, si cabe, a la vista de los arts. 24 del Tratado de la Unión Europea y el art. 275 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea", que "limitan incluso la competencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de política exterior y de seguridad común".

¿Qué ocurría en Madrid ese 20 de enero?

Ese día Venezuela acaparaba las portadas con la presencia en Madrid de varios líderes del país de América Latina. Juan Guaidó, llegó a Madrid para celebrar varios encuentros, durante su estancia no hubo ninguna reunión pública con Moncloa, fue la ministra de Exteriores quien le recibió en Casa América.

Ábalos celebró también reunión con el ministro Plasencia del Gobierno de Maduro, sobre el que no consta fotografía, comunicados o conclusiones del encuentro bilateral.   

Siendo una reunión de carácter internacional, no se pudo saber el motivo por el cual Ábalos fue quién se reunió con el ministro de Maduro, y no la ministra de Exteriores.

Finalmente, con respecto a las grabaciones de las cámaras de vigilancia en el aeropuerto de Madrid, el ministro Ábalos afirmó no tener ningún temor por el contenido de las grabaciones: "Me parece muy bien, no hay ningún interés en que dejen de estar. Si las quiere conservar se conservan, no pasa nada (...) Si siguen ahí es porque no hay ningún interés (en ocultarlas). Es más, me vendría muy bien (que se difundieran) porque se aclararían muchas cosas. Se vería absolutamente todo bien", expuso ante los medios.

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