El Tribunal Supremo desmiente bulos sobre Yolanda Díaz

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07/10/2023 - 19:00
Yolanda Díaz

Lectura fácil

En las redes sociales, ha circulado un mensaje afirmando que el Tribunal Supremo ha aceptado 42 querellas criminales contra Yolanda Díaz, la vicepresidenta segunda del Gobierno de España. Estas acusaciones se relacionan con una reunión entre Díaz y el expresidente catalán Carles Puigdemont en el contexto de la investidura de Pedro Sánchez. Sin embargo, hasta la fecha de esta verificación, esta afirmación es falsa, ya que el Tribunal Supremo no ha admitido a trámite 42 denuncias en su contra.

El mensaje falso

Este mensaje viral del que hablamos se ha difundido principalmente a través de Telegram y se ha compartido en otras plataformas como Facebook y Twitter.

Afirma que el Tribunal Supremo ha aceptado 42 querellas criminales contra Yolanda Díaz, acusándola de violar el artículo 408 del Código Penal.

Además, sugiere que se ha aceptado su inhabilitación y se está evaluando la posibilidad de una pena de prisión de 3 a 6 años.

La realidad: solo se han presentado seis denuncias

Hasta la fecha de esta verificación, el Tribunal Supremo ha negado que se haya admitido a trámite alguna denuncia de este tipo.

De hecho, se han presentado solo seis denuncias, y ninguna de ellas ha sido admitida a trámite.

El proceso de admisión de querellas requiere tiempo, y dado que las denuncias se presentaron hace menos de un mes, aún no se han iniciado investigaciones al respecto.

El caso de Sociedad Civil Catalana

Algunos medios de comunicación informaron incorrectamente que el Tribunal Supremo había admitido a trámite una denuncia presentada por Sociedad Civil Catalana contra Yolanda Díaz. Sin embargo, esta información también es incorrecta.

La asociación aclaró que el Tribunal Supremo solo había designado a un magistrado ponente para el caso, lo que no equivale a la admisión a trámite.

La interpretación del artículo 408 del Código Penal

La base de las querellas contra Yolanda Díaz se relaciona con el artículo 408 del Código Penal, que establece que una autoridad o funcionario que, intencionadamente, no promueva la persecución de delitos de los que tenga conocimiento puede enfrentar una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis meses a dos años. Sin embargo, expertos legales consultados por Newtral.es afirman que este artículo no se aplica a Yolanda Díaz, ya que sus funciones no incluyen la persecución de delitos.

Este tipo de delitos solo puede ser cometido por personas con funciones específicas para promover la persecución de delitos, como fuerzas de seguridad, jueces, fiscales, etc.

En resumen, a pesar de la circulación de un mensaje viral afirmando que el Tribunal Supremo ha admitido 42 querellas contra Yolanda Díaz, esta afirmación es falsa. Solo se han presentado seis denuncias, y ninguna de ellas ha sido admitida a trámite. Además, expertos legales descartan la aplicación del artículo 408 del Código Penal a la vicepresidenta debido a la naturaleza de sus funciones. Por lo tanto, es importante verificar la información antes de compartirla en las redes sociales.

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