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Llevan tanto tiempo con nosotros que ya forman parte, sin duda, de nuestra sociedad y precisamente por eso hace relativamente poco se ha puesto en marcha la conocida como Ley de Bienestar Animal, cuyo objetivo es el de proteger y legislar adecuadamente sobre nuestros animales de compañía. Sin embargo, los perros pastores y similares, se han quedado fuera de esta nueva normativa por sus particularidades, y esto ha levantado varias dudas.
Dudas y preocupación principalmente desde que hace pocas semanas una joven fue víctima del ataque de unos perros pastores en un camino rural de Zamora. La tragedia busca ahora responsables, a través de la Ley. En este sentido, la Ley de Bienestar Animal se quedaría desechada, por lo que la familia de la víctima tendría que acudir a otras vías para obtener la compensación y justicia pertinentes.
Las particularidades de los perros pastores
Los perros pastores se caracterizan por ser razas de más inteligentes y acostumbradas a las labores de pastoreo de otros animales como pueden ser ovejas o vacas. A pesar de que a simple vista puedan parecernos inofensivos e incluso adorables, lo cierto es que se encuentran calificados dentro del rango de animales peligrosos, y esto se debe en gran medida a que su instinto de protección, del terreno y el ganado, están mucho más activados que en otros canes.
Debido a que los perros pastores y de guarda del ganado se utilizan para trabajos específicas como estos, se decidió incluirlos en la categoría de 'animales utilizados en actividades específicas', los cuales se encuentran excluidos de la Ley de Bienestar Animal, al igual que los perros de caza u otros que son utilizados para dar servicios, como los perros de rescate, los que trabajan para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado e incluso los de intervención de asistencia, como los perros guía.
La exclusión de los perros pastores, y el resto que engloba su grupo, se debió principalmente a las numerosas quejas desde el sector ganadero y de la caza, al considerar que la nueva norma traía grandes complicaciones para que estos animales pudiesen seguir realizando su labor. Finalmente, estas quejas y algunas otras consideraciones más, se tomaron en cuenta y quedaron excluidos, pero eso no quiere decir que sus dueños queden exentos de responsabilidad.
La norma aplicable
Entonces, ¿cuál es la norma aplicable? Antonio Vadillo, abogado de la Sección de Derecho de los Animales del Colegio de la Abogacía de Madrid, explicaba en una entrevista para el medio El País, que la regulación para los perros pastores se encuentra recogida en el Código Civil, donde el propietario recibe la responsabilidad de tener a estos animales bajo "su aseguramiento". En este sentido, explica el abogado, el dueño debe tener a la vista a sus animales para prevenir cualquier situación de riesgo. De no ser así, el derecho civil es el primero en intervenir, aunque también puede hacerlo el penal, dependiendo del caso.
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