Los ERTE de rebrote, todo lo que debes saber sobre ellos

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31/08/2020 - 10:09
En la imagen, oficina de empleo del Paseo de las Acacias de Madrid. EFE

Lectura fácil

A las puertas de la cuarta renovación de los ERTE, el Gobierno se abre a prorrogar de manera indefinida las ayudas para aquellas empresas obligadas a cerrar por un rebrote del virus.

Los ERTE de rebrote se basan en la conocida como 'clausula por rebrote', que habilita a las empresas a regresar a un expediente de suspensión total, con exoneraciones de las cotizaciones sociales de entre el 60 y el 80%.

ERTE de rebrote, una fórmula vinculada a las decisiones administrativas y a la evolución de la pandemia

Esta nueva herramienta está siendo empleada por muchas empresas en esta recta final de verano. Como todos los ERTEs habilitados excepcionalmente desde el inicio de la pandemia, estas ayudas obligan a las empresas a no acometer despidos en los seis meses posteriores al final del ERTE; entre otros compromisos con el empleo.

A modo de resumen, este tipo de ERTE es un ajuste por fuerza mayor que se puede pedir si las nuevas medidas de restricción contra el COVID-19 adoptadas desde el 1 de julio impiden la actividad empresarial.

Cómo son y qué empresas pueden solicitarlo

El pacto entre el Gobierno y los agentes sociales para extender los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el 30 de septiembre ya recogía la posibilidad de un empeoramiento de la pandemia. Para ello, se habilitaba un nuevo ajuste por fuerza mayor, que empieza a conocerse como ERTE de rebrote.

Esta fórmula de ajuste laboral quedó definida en el pacto para prorrogar los ERTE publicado el 27 de junio en el Boletín Oficial del Estado (BOE): “Las empresas y entidades que, a partir del 1 de julio de 2020, vean impedido el desarrollo de su actividad por la adopción de nuevas restricciones o medidas de contención que así lo impongan en alguno de sus centros de trabajo podrán beneficiarse de los porcentajes de exención previstos, previa autorización de un expediente de regulación temporal de empleo de fuerza mayor”. 

Si la empresa afectada tiene menos de 50 trabajadores, podrá exonerarse el 80% de la aportación empresarial devengada durante el periodo de cierre y hasta el 30 de septiembre. Si la empresa tiene más de 50 empleados, la exoneración será del 60% de dicha aportación y para el mismo plazo.

Todas las personas trabajadoras o asimiladas a las mismas en la cuenta de cotización de la empresa en situación de alta en la Seguridad Social pueden acogerse al ERTE de rebrote.

¿Qué supone para una empresa acogerse a un ERTE de rebrote?

Las empresas que se acogen a esta nueva herramienta deben adoptar ciertas medidas de restricción que pueden ser, por ejemplo, las nuevas decisiones que se están adoptando por las autoridades de la UE o de otros países que afectan directamente al sector de hostelería y, también, las recientemente adoptadas por las autoridades sanitarias en orden a las restricciones de movilidad o sobre el ocio nocturno.

No obstante, también podrán acogerse a estos ERTE de rebrote empresas de cualquier actividad o sector que vean impedida el desarrollo de su actividad por la adopción de nuevas medidas de restricción. Con lo cual, podrán acogerse a esta modalidad de ERTE tanto las empresas que tengan aprobado un ERTE anterior por fuerza mayor y hubiesen renunciado a él, como empresas que, estando en una situación de fuerza mayor parcial, se viesen afectadas por las indicadas nuevas medidas de restricción y contención de la actividad. Además, estarán en disposición de solicitarlo las empresas que no hayan pedido aún ningún ERTE por coronavirus.

Si la empresa está en un ERTE por fuerza mayor anterior, ¿tiene que solicitar uno nuevo?

Así es, en todos los casos, para beneficiarse de un ERTE de rebrote, la empresa tiene que hacer una solicitud formal ante la autoridad laboral competente –la de su comunidad o la Dirección General de Trabajo nacional, dependiendo de la implantación de la compañía–.

Asimismo, tendrá que presentar una “solicitud colectiva de prestaciones” al Servicio Público de Empleo (SEPE).

Entre la documentación que deberán aportar para el pago de prestaciones está la identificación de los empleados y sus números de cuenta, el periodo de reducción o suspensión del ERTE y una declaración responsable de la empresa.

Otras características de los ERTE de rebrote

  • Los firmantes del acuerdo para prorrogar los ERTE incluyeron una serie de particularidades para las empresas y trabajadores que soliciten los ERTE de rebrote. La primera de ellas es que en una empresa inmersa en esta herramienta, “las causas alegadas no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido” de sus trabajadores.
  • La segunda de estas particularidades recogida en los ajustes de de empleo regulados en el punto 2 de la disposición adicional primera del real decreto que prorroga los ERTE hasta el 30 de septiembre tiene que ver con los empleados con contrato temporal. En un ERTE de rebrote “la suspensión de los contratos temporales (de los trabajadores afectados), supone la interrupción del cómputo de la duración máxima de los mismos”. Al igual que en el resto de ajustes por coronavirus, al trabajador temporal le deja de contar a efectos de la duración de su contrato el tiempo que dure el ERTE.
  • Finalmente, para las empresas que se beneficien por primera vez de las medidas extraordinarias previstas en materia de cotizaciones, el compromiso de mantenimiento del empleo durante seis meses ­empieza a computar desde el 27 de junio de 2020, cuando entró en vigor el real decreto que regula esta modalidad de ERTE.

Cabe recordar que en la última prórroga se redujo significativamente el porcentaje de exoneración para los ERTE de fuerza mayor total, de forma que a las empresas que en septiembre lo mantengan en vigor se les eximirá de pagar el 25% de las cotizaciones (si tienen más de 50 empleados) o el 35% para las más pequeñas. En los ERTE de fuerza mayor parcial y los de causas objetivas, las exoneraciones a las empresas serían del 60% por los trabajadores que volvieran a la actividad y el 35% por los que siguieran en el ERTE (40% y 25%, respectivamente en firmas medianas y grandes).

Por lo tanto, la gran ventaja de estos ERTE de rebrote es que las empresas tienen un porcentaje mayor de exoneración de las cuotas que pagan a la Seguridad Social. 

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