Estado de alarma: Esto es lo que NO puedes hacer

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16/03/2020 - 12:00
El Estado de alarma en España incluye medidas específicas

Lectura fácil

El Real Decreto que establece el estado de alarma contiene ciertas medidas que explican qué es lo que podrán o no hacer los españoles durante la cuarentena, la cual se puede alargar en caso de ser necesario y si la situación no mejora.

El Real Decreto aprobado por el Gobierno de España también tiene letra pequeña. Se trata de una especie de borrador, en el que se irán añadiendo con más precisión y detalle medidas requeridas según la situación por la crisis del coronavirus.

Todas las medidas que se vayan implantando se transmitirán de mano de los ministros que han sido designados autoridad competente:

  • Titular de Defensa, Margarita Robles
  • Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska
  • El Ministro de transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos,
  • El titula de Sanidad, Salvador Illa.

¿Qué está permitido hacer y qué no?

Todos los ciudadanos debemos prestar atención a las medidas que los expertos en sanidad y las fuerzas de seguridad nos indiquen. No obstante, estos son los puntos de la letra pequeña que el estado de alarma incluye.

Salir a la calle

La orden es permanecer en casa hasta que la situación del coronavirus no mejore o esté totalmente controlada.

SÍ se permite salir al exterior de la vivienda para comprar los alimentos necesarios, los productos farmacéuticos y de primera necesidad.

También se permite acudir al médico y a los establecimientos sanitarios. Se puede asistir al trabajo, lo que incluye las prestaciones profesionales que se realicen en el exterior.

Se puede dar asistencia a personas mayores, menores, dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables. También podemos acudir al banco o a la compañía de seguros o salir por causa de fuerza mayor o necesidad.

Pero el estado de alarma plasma muy bien que se debe regresar al domicilio principal en cuanto se haya concluido la jornada laboral y todas las acciones antes mencionadas.

Familias con perros

El estado de alarma permite sacar a los perros a la calle para que realicen las necesidades que precisan, pero esto debe realizarse individualmente.

Sacar a pasear al perro en estos momentos no equivale a que salga toda la familia. Al perro se le puede dar un paseo breve y cuidando en todo momento el contacto con otras personas. Las recomendaciones de prevención deben cumplirse minuciosamente.

Realización de actividades deportivas al aire libre

Bajo ningún concepto se puede salir a correr a la calle. Aquellos que practiquen 'running' deberán de sustituir dicha actividad al aire libre por otros ejercicios en sus domicilios.

Esta actividad, y cualquier otra al aire libre queda de momento restringida. Se ha tomado esta medida dentro del Real Decreto del estado la alarma por la gran afluencia de ciudadanos deportistas que estaban acudiendo a los parques.

Los niños y el parque

Los niños tienen que permanecer en casa salvo causa de fuerza mayor. Además, los parques y las áreas de juego infantil permanecerán cerrados.

Uso del vehículo propio

El coche se cogerá solamente para realizar alguna de las actividades previstas en el primer apartado: ir al mercado, asistir al médico, al banco, a la gasolinera, al trabajo, etc.

Pero se avisa de que el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana está facultado para, en cualquier momento, cerrar carreteras, accesos y vías.

Servicios no sanitarios ni de alimentación que seguirán abiertos

Los establecimientos de venta de prensa y papelería, estancos, las peluquerías, las ópticas, ortopedias, tiendas de alimentación para animales, tintorerías o tiendas de servicios informáticos permanecerán abiertos.

El estado de alarma decreta que NO se podrá permanecer en dichos lugares más tiempo que el imprescindible y habrá que respetar las medidas de alejamiento y no concentración de personas. También se mantendrá en servicio el comercio por Internet, correo o vía telefónica.

La hostelería permanecerá cerrada

Los negocios como bares, cafeterías y restaurantes permanecerán cerrados. Sólo podrán seguir funcionando si ofrecen el servicio de "comida para llevar". En ningún caso pueden consumirse alimentos o bebidas en ellos.

El ocio cultural y deportivo permanecerá suspendido

No habrá cine, ni teatro, ni exposiciones, ni competiciones deportivas, ni bibliotecas. Tampoco se celebrará ninguna fiesta popular. Quedan suspendidas así las procesiones de Semana Santa, las Fallas y cualquier otro acontecimiento festivo por la gran concentración de gente que implican.

Visitas a amigos y familiares

NO están permitidas. Aunque se trata de una limitación difícilmente fiscalizable. El objetivo del Real Decreto es evitar en la medida de lo posible el contacto entre personas para impedir los contagios. De poco sirve prohibir los encuentros en la calle y realizarlos a hurtadillas en el salón de casa.

Tampoco se podrá visitar a la familia, salvo que se trate de personas ancianas, dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables que necesiten ayuda y asistencia.

En todo caso, deben mantenerse estrictamente las medidas de prevención: máxima higiene, distancia mínima de un metro, utilización de mascarillas, guantes. Las personas mayores y las personas con patologías tienen un riesgo más elevado de contagio y de padecer gravemente la enfermedad.

Celebraciones de bodas, comuniones o bautizos, con muchas restricciones

El estado de alarma indica que la asistencia a lugares de culto y la celebración de ceremonias civiles o religiosas, lo que incluye bodas, bautizos, comuniones y funerales, queda muy limitada.

En ningún caso podrá suponer la concentración de un grupo numeroso de personas y, por supuesto, no será posible reunirse en banquetes o discotecas.

En caso de fallecimientos, el velatorio no podrá sobrepasar un número de personas. En el caso de las bodas solamente podrá estar el oficiador y los testigos. Los besos quedan descartados.

Si falleces, lamentablemente los que te velen se contarán con los dedos de una mano. Si te casas lo harás sólo en presencia del oficiante y los testigos. Y, recuerda, los besos están descartados.

Funcionamiento del transporte público

Los transportes son un servicio esencial aunque previsiblemente habrá pocos pasajeros. Todos ellos tendrán que cumplir diariamente con normas férreas de desinfección.

Los autobuses y el metro (donde lo haya) permanecerán abiertos. Los transportes que no estén sometidos a contrato público reducirán su oferta de operaciones a la mitad.

Servicio de trenes, vuelos y barco

Sí, pero, salvo el ferrocarril de cercanías y el de mercancías que prestarán el 100% del servicio, la media y larga distancia se reducirá al 50%.

La misma reducción se aplicará en el transporte aéreo y marítimo. Estos porcentajes de servicio podrán ser modificados si fuera necesario por orden del ministro de Transportes.

Debe tenerse en cuenta que los desplazamientos están muy desaconsejados de manera que cuando se compre en billete 'online' aparecerá un mensaje advirtiendo de la conveniencia de no viajar salvo causa mayor.

No se debe montar una histeria con respecto al abastecimiento de la despensa

El estado de alarma ha asegurado el abastecimiento de las tiendas y supermercados. Además se puede acudir a realizar la compra.

Pero debemos recordar que las concentraciones de gente están prohibidas por lo que no será raro que encuentre personal limitando a pequeños grupos la entrada en los locales.

El Gobierno asegura la distribución normal de productos e incluso puede establecer medidas excepcionales para garantizar el transporte y reparto de los mismos desde los centros de producción, granjas y lonjas, así como la llegada de materias primas a las fábricas.

El Ejército se encuentra preparado, pero de momento no saldrá si no se precisa su presencia

El Ejército podrá intervenir realizando funciones de policía por ejemplo para garantizar la seguridad de determinados establecimientos, realizar labores de transporte urgente que determine la autoridad, abrir corredores sanitarios o de abastecimiento o prestar atención médica en sus instalaciones hospitalarias.

El Gobierno podrá requisar los bienes y servicios

De hecho el estado de alarma dispone que el Gobierno puede utilizar si es necesario para garantizar el servicio público, bienes y recursos privados y situar bajo su mando al personal sanitario o de seguridad privada.

Habrá sanciones para todos aquellos que no cumplan las medidas

El decreto no precisa las sanciones, multas o penas que deben aplicarse. Se remite a las leyes vigentes. No es lo mismo intentar colarse en la fila de compra del pan que intentar asaltar un supermercado, robar material sanitario o montar una fiesta en el parque.

La observancia de lo dispuesto es responsabilidad de cada ciudadano. No obstante la policía nacional, autonómica o local, la guardia civil así como cualquiera de los efectivos que actúen bajo órdenes de la autoridad competente, en este caso el ministro del Interior, puede intervenir.

En el caso de que quien incumpla sea una autoridad o funcionario público podrá ser suspendido inmediatamente del ejercicio del cargo sin perjuicio de otras responsabilidades.

Todos los ciudadanos debemos ser conscientes del estado de alerta y de seguir las indicaciones que se han establecido.

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