Lectura fácil
Las nuevas medidas del Gobierno para la nueva normalidad están probadas por el Consejo de Ministros. El Real Decreto Ley sienta las bases que regirán cuando se alcance la nueva situación.
El documento con estas medidas ha sido impulsado por el Ministerio de Sanidad y el de Transportes. En él reflejan que el uso de mascarillas sigue siendo obligatorio en la vía pública, los espacios al aire libre y cerrados, así como en los transportes.
Incumplir esta norma supondrá una sanción con multas de hasta 100 euros, y serán las Comunidades Autónomas y las entidades locales las que se encarguen de las funciones de vigilancia, inspección y control.
¿Qué medidas debemos cumplir durante la nueva normalidad?
La autoridad para la adopción, supresión, modulación y ejecución de medidas correspondientes a la fase 3 del plan de desescalada será de las Comunidades Autónomas.
Pero el Real Decreto estipula que las medidas vinculadas a la libertar de circulación que excedan el ámbito de la unidad territorial determinada por cada comunidad será del Gobierno.
Por otro lado, las Comunidades Autónomas también podrán decidir, según los criterios sanitarios y epidemiológicos, el paso de la fase 3 en las diferentes provincias, islas o unidades territoriales de su comunidad.
La letra pequeña de cómo será la nueva normalidad
En este aspecto, las medidas del Gobierno incluyen que las Comunidades Autónomas tienen el deber de informar sobre las situaciones de emergencia para la salud pública.
Además, deben garantizar la correcta coordinación entre las autoridades sanitarias y reforzar el funcionamiento del Sistema Nacional de Salud.
Las Comunidades Autónomas, según las nuevas medidas del Gobierno para detectar y vigilar la epidemia deberán:
- Facilitar los datos para el seguimiento y la vigilancia del COVID-19.
- Informar de la situación de la capacidad de asistencia y de las necesidades de recursos humanos y material.
- Realizar pruebas PCR u otra técnica de diagnóstico molecular a todos los casos sospechosos lo antes posible, e informar de manera ordenada.
- Garantizar el número suficiente de profesionales en el control de la enfermedad.
- Crear planes de contingencia rápidos y coordinados.
- Las administraciones competentes tienen que garantizar que los centros de personas mayores y de necesidades especiales cuenten con la coordinación adecuada y planes de contingencia correctos para una identificación precoz de residentes, trabajadores y contactos.
- Establecimientos, medios de transporte y otros lugares públicos o privados en los que se necesite realizar trazabilidad de contactos, tienen la obligación de facilitar la información necesaria de las personas potencialmente afectadas.
Uso obligatorio de mascarillas y nueva distancia de seguridad
El decreto pone fin a las restricciones para moverse por toda España, aunque con distancias ahora fijadas en un metro y medio y el uso obligatorio de mascarillas para mayores de 6 años cuando no se puedan mantener esas distancias bajo multa de hasta 100 euros
Además, la mascarilla tendrá se llevará puesta siempre en el transporte aéreo, marítimo, autobús, ferrocarril y transporte privado si los ocupantes no conviven en el mismo domicilio.
Por otro lado, el real decreto garantiza la disponibilidad de mascarillas quirúrgicas, geles hidroalcohólicos y otros productos sanitarios para la protección de la salud.
La disponibilidad de stock y las cantidades suministradas tendrán que comunicarse a la Agencia Española de Medicamentos y Porductos Sanitarios (AEMPS).
Las Comunidades Autónomas podrán establecer medidas oportunas para la dispensación de fármacos de forma no presencial cuando se de una situación de excepcionalidad sanitaria o de vulnerabilidad del paciente.
Las medidas del Gobierno para el entorno laboral con respecto a la prevención son la ordenación de los puestos o la organización de los turnos para evitar aglomeraciones en:
- Establecimientos comerciales.
- Centros residenciales de carácter social.
- Actividades de hostelería y restauración.
- Organización de los turnos para evitar aglomeraciones.
Controles sanitarios
Las nuevas medidas del Gobierno reflejadas en el Real Decreto, contienen una serie de provisiones sobre los controles sanitarios y operativos en aeropuertos gestionados por Aena y puertos de interés general.
Aena pone a disposición de Sanidad Exterior recursos humanos, sanitarios y de apoyo, para garantizar el control sanitario de la entrada y salida de pasajeros de vuelos internacionales.
Además, se suman las disposiciones necesarias para que los operadores de transporte adapten la oferta a la evolución de la recuperación de la demanda.
El objetivo es asegurar una prestación adecuada del servicio, siempre atendiendo a las medidas sanitarias para evitar el riesgo del contagio por coronavirus.
En el caso de transporte terrestre y aéreo, los operadores tienen la obligación de conservar la información de contacto de los pasajeros por un mínimo de cuatro semanas, además de ponerlos a disposición de las autoridades de la salud pública, para realizar una trazabilidad en caso de que fuera necesario.
Nuevas normas en Educación
Los centros educativos tendrán que garantizar en la nueva normalidad que los estudiantes mantengan una distancia de al menos 1,5 metros, así como evitar aglomeraciones.
El artículo 9, dedicado a los centros docentes, señala que "deberá asegurarse la adopción de las medidas organizativas que resulten necesarias para evitar aglomeraciones y garantizar que se mantenga una distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros". Cuando no sea posible mantener dicha distancia de seguridad, se observarán las medidas de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio.
Además, se establece que las administraciones educativas deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de los centros docentes, públicos o privados de las normas de desinfección, prevención y acondicionamiento de los citados centros que aquellas establezcan.
[Puedes leer el BOE al completo aquí]
Las nuevas medidas del Gobierno tiene como fin poder seguir vigilando la situación de la pandemia para poder actuar rápidamente en caso de que fuera necesario.
Añadir nuevo comentario