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Hoy hablamos de cómo cobrar la pensión por discapacidad. Resolveremos las dudas sobre qué grado de discapacidad necesitas para cobrar una pensión y qué trámites hay que realizar para solicitarla.
Es importante que nada más empezar aprendamos a diferenciar la discapacidad de la incapacidad permanente. La discapacidad es una situación donde la persona está limitada física o psíquicamente, mientras que una incapacidad permanente hace referencia al cobro de una pensión por no poder trabajar debido a una enfermedad o accidente.
El grado de discapacidad se calcula por un porcentaje. Y el tipo de incapacidad va de menos a más según las limitaciones que tiene la persona para ejercer una profesión.
Por lo tanto, se considera pensión por discapacidad o incapacidad permanente a aquella pensión que percibe una persona que ha visto eliminada o reducida su capacidad para desempeñar un trabajo.
Ventajas de obtener un certificado de discapacidad
- Subvenciones para la compra, remodelación y adaptación de un vehículo.
- Permiso de estacionamiento en la vía pública.
- Ayudas para el transporte público o tarjetas especiales con descuentos.
- Reducción de impuestos en productos de aseo o farmacia.
- Becas para la educación.
- Plazas de universidad especialmente reservadas.
- Descuentos para realizar actividades lúdicas o de ocio.
- Asistencia sanitaria.
- Descuentos para viajes de larga distancia y estadía en hoteles.
- Acceso a las viviendas de protección oficial reservadas para las personas con discapacidad.
- Jubilación anticipada para personas con una discapacidad superior a un 65%. Y en los casos de que la discapacidad supere el 75% la pensión se podría incrementar hasta un 50 por ciento más.
Grados y clases de discapacidad
Según la Ley (RD. 1971/1999 de 23 de diciembre) hay diferentes grados de discapacidad:
- Grado 1 de discapacidad
La discapacidad de una persona es nula: sufre daños, tiene síntomas, signos o secuelas, pero no justifican dificultad alguna para realizar las actividades diarias.
- Grado 2 de discapacidad
Cuando la discapacidad es leve porque la persona sufre daños, tiene síntomas, signos o secuelas, y se demuestra que existe alguna dificultad para realizar las actividades diarias, pero se pueden realizar.
- Grado 3 de discapacidad
En el grado 3, una persona tiene una discapacidad moderada. Como decíamos antes, la persona sufre daños, tiene síntomas, signos o secuelas que causan una importante disminución o imposibilidad de la capacidad de la persona para la realización de las actividades diarias. Pero la persona es independiente en las actividades de autocuidado.
- Grado 4 de discapacidad
En este grado la discapacidad de una persona es grave con una importante disminución o imposibilidad de la capacidad de la persona para la realización de las actividades diarias.
- Grado 5 de discapacidad
La discapacidad de una persona con un grado 5 es muy grave y no puede llevar a cabo sola las realización de las actividades diarias.
Respecto a esto, por ley se distinguen 5 clases de porcentajes:
◾ Clase 1: 0% de discapacidad. La persona es calificada con incapacidad, pero no impide realizar ninguna de las actividades de su vida diaria como lavarse y vestirse.
◾ Clase 2: 1% a 24% de discapacidad. La persona es calificada con una discapacidad leve.
◾ Clase 3: 25% a 49% de discapacidad. La persona es calificada con una discapacidad moderada.
◾ Clase 4: 50% a 70% de discapacidad. La persona es calificada con una discapacidad grave.
◾ Clase 5: 75% de discapacidad. La persona es calificada con una discapacidad muy grave.
¿Tienen todas las personas con discapacidad derecho a una pensión no contributiva de invalidez?
Las personas que tienen una discapacidad igual o superior al 65% sí cobran una pensión . Cuando el porcentaje es de 65 puntos o más, la persona tiene derecho a cobrar una pensión por discapacidad. Se trata de una Pensión no Contributiva de Invalidez dotada con 5.178.60€ anuales (369,90 € al mes, en 14 pagas).
La Pensión no Contributiva de Invalidez asegura a los ciudadanos en situación de discapacidad (más de un 65%) y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.
Esta pensión aumentaría un 50% -hasta 7.767,90 €- si el grado de discapacidad es del 75% o más. Para calcular el importe exacto a percibir se tienen en cuenta las rentas personales propias y las de la familia con quien se convive. Aunque esta ayuda nunca será inferior a 1.294,65 € al año (92,48 € al mes).
Las personas que tienen un certificado de discapacidad menor al 33%, no cuentan con ninguna prestación económica, ni beneficios fiscales o sociales. Por tanto, no existe pensión por discapacidad del 33 %.
Las personas que tienen un grado de discapacidad entre el 33 y el 64%, no llega a alcanzar el porcentaje necesario para disponer de una prestación económica. Sin embargo, estas personas que pertenecen a la Clase IV de discapacidad cuentan con mayores beneficio sociales y fiscales que las personas que ostentan menos del 33%.
Los beneficios de los que puedes disfrutar estas personas van desde la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida hasta acceso privilegiado a viviendas de protección oficial.
También implica ventajas a la hora de comprar un vehículo o de viajar en transporte público. Además de ventajas en la declaración de la Renta (IRPF).
Requisitos para cobrar una pensión por discapacidad
Los requisitos que se deben cumplir para poder solicitar la prestación por discapacidad son:
- Tener entre 18 años y 64 años en el momento de tu solicitud.
- Residir legalmente en España durante, al menos, cinco años en total. Dos de ellos han de ser los dos años anteriores a tu solicitud.
- Carecer de ingresos que superen, por otras vías, los 5.178.60€ anuales.
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Cómo solicitar una prestación por discapacidad
Para solicitar una pensión por discapacidad debes dirigirte al departamento de servicios sociales de tu Comunidad Autónoma.
Documentación necesaria
Por lo general, para llevar a cabo el trámite de tu pensión por discapacidad igual o mayor al 65% tendrás que aportar sobre todo tu DNI o permiso de residencia, más la fotocopia compulsada del certificado de discapacidad. Y la documentación relacionada con tu situación laboral (empleado por cuenta ajena, autónomo, desempleado, etc.)
Según dónde residas, existen unos requisitos u otros. Te facilitamos aquí los enlaces pertinentes para que puedas acceder al trámite que impone cada Comunidad Autónoma:
- Andalucía
- Aragón
- Principado de Asturias
- Baleares
- Canarias
- Cantabria
- Castilla La Mancha
- Castilla y León
- Cataluña
- Comunidad de Madrid
- Comunidad Valenciana
- País Vasco
- Extremadura
- Galicia
- La Rioja
- Navarra
- Región de Murcia
Con todos estos datos, si tienes una discapacidad reconocida del 65% o más y aún no cobras la pensión que te corresponde, puedes comenzar a solicitarla.
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