Violencia sexual en los juzgados de violencia de género: ¿qué propone el Gobierno?

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23/04/2025 - 12:00
Un juzgado de violencia sobre la mujer

Lectura fácil

La diferencia entre violencia de género y violencia sexual la marca el ordenamiento jurídico. La primera comprende aquellos casos de violencia de un hombre hacia una mujer que suceden en el ámbito de la pareja o expareja. La segunda es toda forma de violencia sexual que establece la ley del ‘solo sí es sí’, independientemente de la relación entre víctima y agresor. 

Esto implica que en estos juzgados recaerían las agresiones sexuales, pero también otros delitos contra la libertad sexual previstos en la ley de libertad sexual: mutilación genital femenina, matrimonio forzado y acoso con connotación sexual. 

En un contexto donde la violencia sexual sigue siendo una de las problemáticas más graves en la sociedad, el Gobierno ha planteado una reforma legal para que los casos de abuso sexual sean gestionados en los juzgados de violencia de género, una medida que ha generado debate tanto en el ámbito judicial como en la sociedad. 

Esta reforma tiene como objetivo mejorar la atención a las víctimas, pero plantea cuestiones legales, operativas y de eficacia que deben ser analizadas en profundidad.

Objetivos de la propuesta

El Gobierno ha defendido esta reforma como una manera de garantizar una respuesta más rápida y especializada a las víctimas de violencia sexual. Al centralizar estos casos en los tribunales de violencia de género, se busca proporcionar a las víctimas un entorno más especializado y mejor preparado para abordar este tipo de delitos. Los jueces de los juzgados de violencia de género cuentan con la formación y experiencia necesarias para tratar los casos relacionados con la violencia machista, lo que, según el Ejecutivo, podría mejorar la calidad de la justicia para las víctimas de violencia sexual.

Este cambio también pretende garantizar que los procesos judiciales sean más sensibles a las particularidades del delito de violencia sexual, brindando más apoyo y protección a las víctimas, además de reducir los posibles sesgos o retrasos en los casos que a menudo se presentan en otros tribunales.

Desafíos y críticas a la propuesta

Sin embargo, la propuesta no ha estado exenta de críticas. Algunos sectores del ámbito judicial y de derechos humanos consideran que centralizar los casos de abuso sexual en los juzgados de violencia de género podría sobrecargar aún más estos tribunales, que ya enfrentan un elevado número de casos de violencia machista. Esta sobrecarga podría provocar retrasos en los procesos judiciales, lo que afectaría negativamente a las víctimas y su acceso a una justicia rápida y eficaz.

Además, hay quienes argumentan que la violencia sexual no debe verse exclusivamente desde la perspectiva de la violencia de género, ya que es un delito que afecta a todas las personas, independientemente de su género. De esta forma, algunos sugieren que los casos de abuso sexual deben ser gestionados por tribunales específicos para garantizar una respuesta más global e inclusiva.

Impacto esperado y posibles soluciones

A pesar de las críticas, la reforma también tiene el potencial de mejorar la atención a las víctimas y garantizar que los casos sean tratados por jueces y profesionales con experiencia en el ámbito de la violencia machista. Para minimizar los efectos negativos, como la sobrecarga de los tribunales, es fundamental que se acompañe la reforma de un refuerzo de los recursos judiciales, aumentando el número de jueces y personal especializado en estos tribunales.

Es fundamental que el Gobierno mantenga un enfoque integral que considere tanto las necesidades de las víctimas como las capacidades del sistema judicial para implementar cambios de manera efectiva y garantizar un acceso a la justicia adecuado para todos.

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