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El TSJ de Madrid ha anulado varios artículos de una ordenanza de 2021 que modificaba la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 2018, la cual estableció Madrid 360 durante la alcaldía de Almeida. La sentencia invalida las secciones que definían la extensión de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en toda la ciudad, así como las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) en Distrito Centro y Plaza Elíptica.
¿Adiós a las Zonas de Bajas Emisiones en Madrid?
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decidido anular varios artículos de una ordenanza de 2021 que modificaba la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 2018, que fue implementada durante la alcaldía de Manuela Carmena.
Esta modificación fue clave para la creación del Madrid 360 bajo el mandato del actual alcalde, José Luis Martínez-Almeida, y tenía como objetivo ampliar las zonas de bajas emisiones en la ciudad.
La sentencia se enfoca en invalidar específicamente los apartados que definen la extensión de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) a nivel municipal, así como aquellos que establecen las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) en Distrito Centro y Plaza Elíptica.
Entre los argumentos presentados, el tribunal destaca que el informe de impacto económico de las medidas adoptadas en la ordenanza municipal es manifiestamente insuficiente. Esta deficiencia en el informe es uno de los principales fundamentos para la anulación de los preceptos impugnados
¿Cuándo entrará en vigor esta nueva norma?
La retirada de las zonas de bajas emisiones (ZBE) en la comunidad aún no ha entrado en vigor. La sentencia que ordena la anulación de ciertos preceptos relacionados con las ZBE no es definitiva, ya que cabe la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Hasta que la sentencia sea firme o el plazo del 23 de octubre expire, el delegado de Movilidad, Urbanismo y Medio Ambiente, Borja Carabante, ha señalado que las restricciones para vehículos que no cumplan con los requisitos seguirán en efecto.
Mientras tanto, las multas y restricciones de tráfico seguirán aplicándose. Algunas asociaciones, como Automovilistas Europeos Asociados, han pedido que se suspenda la tramitación de sanciones relacionadas con las ZBE.
Además, han anunciado que solicitarán al alcalde, José Luis Martínez-Almeida, la devolución de los más de 330 millones de euros recaudados en 1,7 millones de multas impuestas.
¿Qué dice el ayuntamiento?
El Ayuntamiento de Madrid ha respondido señalando que sus "servicios jurídicos están revisando la sentencia", que aún no es definitiva y puede ser objeto de un recurso de casación dentro de un plazo de 30 días. Por lo tanto, el delegado de Movilidad, Urbanismo y Medio Ambiente, Borja Carabante, ha recordado que las restricciones de acceso para los vehículos que no cumplen con los requisitos de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) siguen en vigor.
En cuanto a las multas, Carabante ha sido firme: "Existe jurisprudencia sobre las devoluciones. En el caso de la anulación de Madrid Central, también se consideró válida la imposición de sanciones debido a que el régimen sancionador estaba en vigor. Si se realizaron accesos indebidos, las multas son correctas". Además, ha subrayado que el Ayuntamiento está satisfecho con esta política de movilidad sostenible, calificándola como un "sistema de éxito".
Por otro lado, la sentencia del alto tribunal se basa en la falta de cumplimiento del "Principio de Transición Justa", según la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que busca proteger a los sectores más vulnerables.
Asimismo, se señala que la aprobación de la Ordenanza de Zonas de Bajas Emisiones no respeta el "principio de proporcionalidad" exigido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal Supremo, que requiere una evaluación específica para determinar la necesidad de medidas restrictivas.
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