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Puigdemont podría estar cometiendo un crimen de usurpación de funciones. El artículo 402 del Código Penal castiga de uno a tres años de prisión a quienes "ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial".
Puigdemont sigue compareciendo ante el mundo con la ayuda de TV3
El ex presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, destituido el sábado por la mañana por el Gobierno en virtud del artículo 155 de la Constitución, tras la declaración de la independencia en el Parlamento autonómico, sigue compareciendo ante el mundo con la ayuda de TV3, como jefe del gobierno catalán. En un discurso emitido el sábado por la tarde por la televisión autonómica, grabado en las escaleras del antiguo Hospital de Santa Catalina de Girona, Puigdemont se colocó detrás de un atril con el escudo de Cataluña.
Esta puesta en escena, claramente institucional, junto con el contenido ambiguo de su discurso, en el que pedía a la "oposición democrática" que "aplique el artículo 155", daba a entender que su intención era seguir en el cargo.
Horizonte penal complicado
Puigdemont se enfrenta a un horizonte penal complicado. Está investigado ante el Tribunal Supremo de Cataluña por desobediencia, prevaricación y malversación de fondos a causa del referéndum ilegal de autodeterminación que tuvo lugar el pasado 1 de octubre. La Fiscalía tiene previsto presentar el lunes ante el Tribunal Supremo una denuncia contra la rebelión -un delito punible con prisión de hasta 30 años- tras la declaración de independencia del pasado viernes. Sin embargo, todas las acciones de los líderes independentistas - una votación secreta sobre la resolución de DUI, apelaciones al civismo y a la movilización "pacífica", o enmascarar la logística del referéndum y sus pagos - tenían como objetivo evitar la responsabilidad penal, pero no trajeron mucho éxito.
Puigdemont recibió el estatus oficial con su discurso, su liturgia y con el apoyo de TV3, que lo presentó como "Presidente de la Generalitat", después de dejar el cargo. No cabe duda de que lo ha hecho "ilegalmente", es decir, sin habilitación después de haber sido destituido. Lo fundamental está en la expresión "actos propios de una autoridad" del artículo 402 del Código Penal.
Puigdemont no ha llevado a cabo ninguno de los actos propios de un presidente
Los "actos propios" del Presidente de la Generalitat y de sus Consejeros se recogen, entre otros, en los documentos del Estatuto de Autonomía de Cataluña, la Ley autonómica de la Presidencia de la Generalitat y del Gobierno. El estatuto confía al president la tarea de “promulgar las leyes, los Decretos leyes y los Decretos Legislativos de Cataluña y ordenar su publicación”, “ordenar la publicación de los nombramientos de los cargos institucionales del Estado en Cataluña” y “solicitar la colaboración a las autoridades del Estado que ejercen funciones públicas en Cataluña". Ninguno de ellos ha hecho Puigdemont, al menos por el momento.
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