Estos son los riesgos psicosociales que ha traído el teletrabajo

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07/05/2021 - 12:29
El teletrabajo conlleva los siguientes riesgos psicosociales

Lectura fácil

La pandemia de Covid-19 ha impulsado fuertemente el teletrabajo en España, el cual genera aislamiento, claustrofobia, incrementa el ritmo de actividad y precisa de una permanente conectividad. Además, desencadena angustia por la automatización de puestos y por la posible falta de disposición de competencias digitales.

Los nuevos riesgos psicosociales del teletrabajo

El teletrabajo genera mayor presión, aumenta las posibilidad de violencia y acoso y elimina la disolución de los límites entre el tiempo de trabajo y de descanso. Con ello, también entre las esferas laboral y extralaboral. Como no podía ser de otra manera, estas circunstancias repercuten en la salud mental. Pueden llegar a asociarse a fatiga crónica, carga mental, burn-out tecnoestrés.

La prestación del trabajo en remoto no impide que desde la dirección de la empresa se instrumenten las medidas de control. Bien directamente y en tiempo real, bien diferidas; mediante la utilización de sistemas de monitorización informática o mecanismos de puntuación por usuarios, clientes o compañeros.

La realidad es que se usan dispositivos y apps de trazabilidad, como gafas, relojes, pulseras o brazaletes, capaces de eliminar cualquier resquicio para el descanso ante una permanente “hipervigilancia”.

Sedentarismo, mala alimentación, descuido de la higiene y adicciones

Los hábitos de vida saludable también pueden empeorar. En ocasiones, el sedentarismo, la alimentación hipercalórica, el descuido de la higiene y las adicciones adquieren un papel protagonista en esta nueva de trabajar.

Algunas experiencias terminan siendo muy negativas, ya que pueden surgir conflictos entre el trabajo y la familia. Indiscutiblemente, el hogar pasa a ser un espacio de convivencia entre la persona trabajadora y el resto de miembros de su núcleo familiar.

En demasiadas ocasiones se necesitan cuidados incompatibles con el desarrollo de la actividad laboral. Se trata de una circunstancia especialmente perniciosa para las mujeres que siguen asumiendo el rol tradicional de cuidadoras, que terminan viviendo bajo la angustiosa necesidad de ser ubicuas.

Se suman los riesgos laborales propios de trabajar en casa

En primer lugar, entre los distintos riesgos laborales presentes en el teletrabajo destaca la tecnoadicción o compulsión a utilizar las TICs en todo momento. Lo que conlleva estar siempre al día con los avances, notificaciones y avisos, generando una auténtica dependencia.

En segundo término, la tecnoansiedad, donde la persona experimenta altos niveles de activación fisiológica no placentera, a modo de tensión y malestar, frente al uso de las TICs. Ésta lleva a pensamientos negativos sobre los instrumentos y su propia capacidad y competencias. Se puede acrecentar un manifiesto temor a la pérdida del empleo o a demostrar falta de rendimiento.

Asimismo, la tecnofobia y la tecnofatiga pueden llegar para quedarse. La primera se manifiesta en una resistencia a hablar e incluso pensar en tecnología. Se generan alarma o ansiedad ante ella, así como pensamientos hostiles al respecto; mientras que la segunda supone un agotamiento mental y cognitivo, consecuencia del uso de las herramientas informáticas. Su manifestación más extrema es el síndrome de data smog, causado por la sobrecarga de datos manejados al utilizar internet.

¿Cómo lograr la desconexión digital?

La desconexión digital es una de las principales herramientas para proteger la salud de las personas teletrabajadoras y prevenir riesgos asociados con el uso de dispositivos tecnológicos, como el tecnoestrés, la tecnoansiedad, la carga mental, o la fatiga informática.

No se debe olvidar del ejercicio de los derechos de conciliación de la vida personal, laboral y familiar. En la propia norma que regula el teletrabajo aparece recogida la desconexión digital como deber empresarial para respetar el derecho al descanso de quienes teletrabajen.

Asimismo, su concreción habrá de venir pactada en convenio colectivo, para establecer los medios y medidas adecuados que garanticen el ejercicio efectivo de este derecho. De no ser así, la empresa, previa audiencia de la representación legal de las personas trabajadoras, elaborará una política interna al efecto.

¿Cómo se respeta el derecho al descanso?

El derecho a la desconexión digital regulada debe concretar cómo se respeta el derecho al descanso y adaptarlo a las circunstancias concretas del sector y actividad realizada en la organización productiva.

Hay muchas empresas que reconocen el derecho de los trabajadores a no responder a los correos electrónicos o mensajes profesionales fuera de su horario laboral. Estaría muy bien que se bloguera el acceso a herramientas digitales en tiempo de descanso o se permitiera dejarlas en el lugar de trabajo en periodos de “siesta digital” o “toque de queda digital”.

Otra propuesta de algunas empresas y trabajadores en cuanto al teletrabajo y sus riesgos ha sido llevar a cabo acciones de formación y sensibilización sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática, carga mental y tecnoestrés, lo cual es muy interesante para saber gestionarlas.

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