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Las empresas ya no podrán despedir automáticamente a empleados con incapacidad permanente sobrevenida. El Gobierno ha aprobado una modificación en el artículo 49.1 e) del Estatuto de los Trabajadores, que antes permitía el despido automático del contrato en estos casos. Ahora, el trabajador podrá decidir si quiere seguir en la empresa, exigiendo adaptaciones al puesto o solicitando un cambio a una vacante compatible con su situación.
Las empresas no podrán realizar el despido automático a empleados con discapacidad
Las empresas ya no podrán llevar a cabo el despido automático a empleados que enfrenten una incapacidad permanente sobrevenida. El Gobierno, en su última sesión del Consejo de Ministros, aprobó una reforma del artículo 49.1 e) del Estatuto de los Trabajadores, que anteriormente permitía la terminación inmediata de contratos en estos casos sin considerar la posibilidad de mantener el empleo.
La nueva legislación en relación al despido automático, pendiente de la aprobación del Congreso, permite al trabajador decidir si desea continuar en su puesto. Si elige quedarse, puede solicitar adaptaciones en su puesto actual o un traslado a otro puesto vacante adecuado a sus nuevas condiciones. Las empresas aún podrán despedir al trabajador, pero solo bajo circunstancias específicas y nunca de forma automática.
Además, la nueva normativa establece criterios claros para determinar si los costos de adaptar un puesto de trabajo son razonables. Asimismo, se evaluará si la empresa puede recibir ayudas públicas para cubrir estos gastos. También se tendrán en cuenta factores como el tamaño de la empresa y su capacidad económica. Esto garantiza que la adaptación sea viable sin imponer una carga desproporcionada a las empresas.
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, la nueva reforma tiene como objetivo asegurar un entorno laboral justo para las personas con discapacidad. Al eliminar la práctica del despido automático, se busca eliminar una forma de discriminación que afectaba a estos empleados.
La reforma del despido automático pone el énfasis en adaptar los puestos de trabajo a las necesidades de los trabajadores o, si es necesario, facilitar su traslado a otras funciones dentro de la empresa, garantizando así que puedan continuar desempeñándose en su empleo de manera digna.
El trabajador tiene un mes para tomar la decisión
Tras el reconocimiento de una incapacidad permanente, el trabajador tiene un mes para decidir si quiere continuar en su puesto actual o renunciar a él. Una vez tomada la decisión, el empleador tiene un plazo máximo de tres meses para adaptar el puesto de trabajo a las nuevas necesidades del empleado o para realizar un cambio a otra posición disponible.
Durante este período, los servicios de prevención de riesgos laborales de la empresa desempeñarán un papel clave, pudiendo ofrecer formación al trabajador afectado para facilitar la adaptación. Además, la representación legal de los trabajadores también colaborará en el proceso para garantizar que se cumplan los derechos del empleado.
Mientras se determina la situación del trabajador en cuanto al despido automático, este podrá recibir el subsidio por incapacidad temporal, que cubre a quienes se encuentran en una situación de enfermedad común o accidente no laboral, evitando así cualquier interrupción en su cobertura económica.
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