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Si te encuentras en una situación de desempleo, y tienes entre 30 y 55 años, desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ponen a tu disposición diferentes subsidios para que puedas seguir adelante.
En España, el paro sigue situándose como uno de los temas más preocupantes para la sociedad y el Gobierno que, según sus datos, en junio se registraron 2.688.842 parados.
Cabe destacar, que los jóvenes son los principales damnificados al respecto, que ya no solo experimentan dificultades para encontrar un empleo, sino que la gran parte trabaja en la precariedad.
Los subsidios vienen para dar un respiro a la población mientras que buscan un nuevo empleo
En el otro lado de la balanza, nos encontramos con que, la sociedad laboralmente activa de más de 45 años, con experiencia y, algunos, con cargas familiares, se ven en la calle porque las empresas deciden prescindir de sus servicios.
Se trata también de un sector vulnerable, por lo que los subsidios son altamente necesarios para aquellos que se ven en la situación de desempleo.
Al respecto del tipo de subsidios, señalamos como información importante que, suelen equivaler al 80 % del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples, por lo que se sitúa en 480 euros al mes.
Para poder tener acceso a los mismo, debemos cumplir tres requisitos fundamentales:
- Demostrarse carencia de rentas. Es decir, no superar en ingresos el 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
- Que los desempleados tengan entre 30 y 55 años.
- Que se encuentren en búsqueda activa de empleo y suscriban el compromiso de actividad.
Tipos de ayuda
- Extraordinario por Desempleo (SED): Uno de los tipos de subsidios que se cobran durante 6 meses. Si trabajas a tiempo parcial por cuenta ajena, puedes recibirlo, por lo que tendrías dos ingresos, los cuales son compatibles.
- Renta Activa de Inserción (RAI): Ayuda concedida durante 11 meses y puede recibirse hasta en tres ocasiones distintas, extendiéndose así hasta los 33 meses. Va dirigida a los siguientes colectivos:
- Personas con discapacidad igual o superior al 65 %.
- Parados de larga duración mayores de 45 años.
- Ayudas destinados a mayores de 45 y 52 años: Para los de 45, una ayuda de 6 meses y sin cargas familiares. Para el segundo caso, es una ayuda con la que se puede seguir cotizando y se cobra hasta alcanzar la edad de jubilación o hasta encontrar empleo.
Dentro de esta línea de subsidios, también encontramos una categoría especial:
- Subsidios por revisión de incapacidad permanente: Duración de 6 meses, con posible prorroga hasta los 18 meses. Va dirigido a personas que esperan una situación de mejora de su incapacidad.
- Ayudas para personas que salen de prisión: Una ayuda de 6 meses prorrogables. El requisito es haber estado privado de libertad al menos por seis meses.
- Subsidios por insuficiencia de cotización: A esta ayuda tienen acceso todas las personas que hayan cotizado un mínimo de 90 días pero menos de 360. La duración irá variando, según el tiempo cotizado y la cuantía dependerá si se tienen o no hijos.
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